miércoles, abril 18, 2007

GOBIERNO ARGENTINO CREA PROVINCIA PARA ARGENTINOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR

El Gobierno nacional argentino impulsa un proyecto de ley que tiene como objetivo que los argentinos que viven en otros países elijan a sus legisladores, y al que han bautizado "Provincia 25". De llegar a buen puerto la iniciativa, en breve, más de un millón de argentinos residentes en el extranjero podrán elegir y ser elegidos ante el Congreso Nacional.

En sus fundamentos, el programa puesto en marcha por el Ministerio del Interior, busca fortalecer los vínculos entre el Estado y los ciudadanos argentinos que se encuentran en calidad de emigrados.

En sí, la idea constituye un importante adelanto en materia de derecho, y se equipara a lo que en los hechos ya realizan otros estados, como por ejemplo Italia, cuyos ciudadanos que viven en el extranjero tienen la posibilidad de elegir a sus legisladores que los representen ante el Parlamento, en elecciones como las realizadas el año recién pasado.

La existencia del programa "Provincia 25" pasó a ser de conocimiento público el viernes 16 de marzo pasado, cuando fue publicada la resolución 452/2007 en el Boletín Oficial. En los considerandos de la normativa, se indica que busca promover la participación democrática de los ciudadanos emigrados al tiempo que se resguardan sus derechos. También se explica que el programa "garantiza los derechos sociales, políticos y laborales" de los emigrantes argentinos, que "facilita" los trámites necesarios para votar, adoptar la ciudadanía a hijos de argentinos nacidos en el exterior y obtener y renovar documentación.

La propuesta, incluye al conjunto de residentes argentinos en el exterior y posibilita un alcance institucional similar al de los ciudadanos que viven dentro del territorio del país.

Pero no solamente se ocupará de los derechos civiles de los ciudadanos que viven fuera, según se explica en la publicación del Boletín Oficial, a través del programa se atenderán además trámites relacionados con el retorno de argentinos al país, seguridad social, fomento de inversiones, acceso a créditos, envío de dinero desde el exterior para el desarrollo de proyectos productivos, ayuda económica a familiares, compra de inmuebles y homologación de títulos, entre otros puntos.

Para un mejor análisis del contenido de un programa de gobierno para sus connacionales residentes en el exterior, adjuntamos la Resolución Nº 452/2007 del Ministerio del Interior Argentino, que crea el Programa “Provincia 25” que tiene "por objeto fortalecer los vínculos y la comunicación del Estado Argentino con los argentinos residentes en el exterior, asistiéndolos en todo lo relacionado con el ejercicio de sus derechos políticos, con la generación de espacios de representación sectorial y con la optimización de los trámites y gestiones que le corresponden a este Ministerio".

Comparativamente, el Gobierno Chileno no tiene un programa o resolución ministerial con estas características. Hasta ahora, los gobiernos de la Concertación sólo han presentado propuestas o proyectos de corto alcance que se contradicen incluso en términos legales. Es así como los proyectos de voto en el exterior, terminan entrampados en las cámaras legislativas sin dar lugar a una ley que otorgue en forma definitiva y completa tal derecho y regularice su ejercicio, mientras que los argentinos residentes en el extranjero sufragan desde 1993 y los emigrantes peruanos desde la década anterior.

La Región XIV de Chilenos en el Exterior, fue sólo una creación virtual del gobierno de Lagos, sin ningún fundamento jurídico, cuya denominación terminó adjudicándose a la nueva Región de Los Ríos.

Sobre la representación de chilenos del exterior en el Congreso Nacional, hay plena coincidencia tanto de parlamentarios y políticos de gobierno como de oposición, en no instituir tal derecho.

No está de más agregar que en nuestro país no existe un programa o resolución presidencial o ministerial de esta envergadura. Incluso la creación de DICOEX -Dirección para la Comunidad Chilena en el Exterior- es vaga en cuanto a sus objetivos, misiones y fines. Más aún, en sus comienzos no tenía reconocimiento legal. De ahí el desconocimiento que algunos cónsules chilenos hicieron de sus actividades, otorgando un escaso apoyo al registro de chilenos en el exterior, durante los años 2003 y 2004.

Este documento que entregamos adjunto, pretende que su lectura y análisis sirva a aquellos chilenos en el exterior que bregan por la inclusión de cerca de un millón de compatriotas a la Patria, en cuanto a sus derechos civiles, políticos, sociales y culturales.

Derechos que nuestra Federación viene planteando y defendiendo la regularización de su ejercicio desde 1996, cuya difusión ha tenido influencia notable en la lucha que migrantes de paises vecinos han dado por el reconocimiento de sus derechos ciudadadanos y a quienes sanamente envidiamos.

Este documento debe servir también al gobierno chileno, en su diferentes instancias, para que abra al más alto nivel, un espacio de participación ciudadana con la comunidad chilena del exterior – quien debe desplegar también un esfuerzo de organización regular, pluralista, democrática, representativa e independiente de partidos políticos y del gobierno – y elaborar en conjunto, un programa con la calidad del que comentamos, aplicado a la realidad de los chilenos radicados en diferentes latitudes.

Ya que no se trata de contar con un documento más, pues el Gobierno y todos los partidos políticos chilenos, han recibido de la comunidad chilena en el exterior suficientes aportes y asesorías desde Francia, España, Perú, Canadá, Australia, Estados Unidos, Brasil, Suecia, Italia, Suiza, Argentina, entre otros, y han sido incapaces de elaborar una política de estado sobre la materia.

Finalmente, como concluyó la "III Conferencia Internacional de Chilenos en el Exterior", realizada en la ciudad de La Plata, Argentina, en diciembre de 1997 "la aplicación de estos derechos civiles es el inicio del reconocimiento a la igualdad de los derechos políticos y el desarrollo de ellos nos permitirá - a quienes residimos en el exterior - tener un grado de relación natural con las fuentes reales de poder: legislativo y ejecutivo."

"A su vez, exigirá a los partidos elaborar necesariamente propuestas políticas hacia la comunidad residente en el exterior."

Creemos que este es el compromiso y el desafío de recuperación de "la provincia flotante de la emigración" que señalara Juan B. Alberdi, quien inspira magistralmente el ideario de los emigrados de la Patria lejana, que luego de 40 años de ausencia regresó al lugar que lo vio nacer. Y es por ello que debemos luchar desde "donde se acaba la tierra", nuestro Chile querido y añorado, o desde los más lejanos confines del mundo, por formar parte integrante y participante de nuestro país, reconociéndonos como ciudadanos con igualdad de derechos y la libertad de ejercerlos válidamente; exigiendo ahora nuestro ejercicio del derecho a sufragio en Chile sin importar el lugar de residencia que tengamos, considerando sólo el hecho de ser chilenos.


CONSEJO DIRECTIVO DE FEDACh

marzo de 2007

lunes, marzo 19, 2007

Queja ante Naciones Unidas

INSTITUCIONES PRESENTAN QUEJA INTERNACIONAL ANTE

NACIONES UNIDAS CONTRA EL ESTADO DE CHILE POR DISCRIMINACIÓN POLÍTICA A LOS CHILENOS QUE RESIDEN EN EL EXTERIOR

ENVIO DE ADHESIONES: SE AMPLIA PLAZO HASTA EL 21 DE ABRIL 2007



De acuerdo con las conclusiones de las “Jornadas sobre el Derecho a Voto de los Chilenos en el Exterior”, realizadas en la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, en Santiago de Chile, fue presentada una Queja Internacional a la Relatoría para los Derechos Humanos de los Migrantes de la ONU, el miércoles 28 de febrero pasado.


A fin de que otras organizaciones de chilenos en el exterior adhieran y se movilicen tras este reclamo, entregamos a continuación el documento tal cual fue presentado a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, a fin de que el lector conozca los fundamentos jurídicos que lo respaldan.


La Queja fue presentada por las siguientes instituciones: Federación de Asociaciones Chilenas Residentes en la República Argentina – FEDACh; Observatorio Control Interamericano de los Derechos de los Migrantes – OCIM; Universidad Academia de Humanismo Cristiano – UAHC; y Centro de Desarrollo y Capacitación – CEC.


En caso de adherir a esta presentación, rogamos enviar al correo electrónico: secretario_fedach@tutopia.com una nota expresa de adhesión, indicando el nombre de la organización adherente y los nombres de dos (2) autoridades que correspondan. En el caso de adhesiones individuales, el nombre de la persona y el número de su documento de identidad. El envío de estas adhesiones se amplía hasta el 21 de abril de 2007, a solicitud de organizaciones de chilenos que deben tratarlo en sus reuniones mensuales. Estas adhesiones se agregarán a la presentación hecha a Naciones Unidas.

Consejo Directivo de FEDACh

Santiago de Chile, 7 de febrero del 2007

FORMULA QUEJA INTERNACIONAL A RELATORIA ONU.


SEÑOR RELATOR

PARA LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS MIGRANTES

DOCTOR JORGE BUSTAMANTE

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA LOS DDHH.

NACIONES UNIDAS

PRESENTE:


Conjuntamente con saludarle en el ejercicio de su alto cargo, y de la manera más considerada y atenta, es que venimos en solicitarle a usted, se sirva tener por denunciado el hecho que a continuación pasamos a informar y que está causando gran impacto a nivel nacional e internacional, en especial en las personas directamente afectadas y las redes e instituciones dedicadas al campo de la promoción de los derechos de los migrantes.


Se trata de la discriminación por negación efectiva del derecho civil y político de voto a los chilenos que residen en el exterior efectuado por el Estado Chileno.


Esta circunstancia, que importa además un directo perjuicio en contra de ciertas minorías nacionales, ha sido experimentada por chilenas y chilenos que viven en el exterior y constatada, en consecuencia, por sus organizaciones sociales, entre ellas, la Federación de Asociaciones Chilenas Residentes en la República Argentina FEDACh, cuyas luchas han repletado el archivo de las autoridades chilenas tanto ejecutivas como legislativas; ha sido también informada por el Sistema Internacional de Alertas Migratorias de OCIM, analizada en el encuentro de académicos “Jornadas por el Derecho a Voto de los Chilenos en el Exterior” en la Universidad Academia de Humanismo Cristiano el pasado mes de enero, y observada atentamente por el Centro de Capacitación y Desarrollo CEC.


El Estado de Chile garantiza el Derecho de Voto para los ciudadanos chilenos que se encuentran inscritos en los registros electorales, conforme lo dispone la Ley 18.700 “Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios”, pero no respecto de los chilenos que tienen su residencia en otro país.


Esto es aplicable incluso para los chilenos inscritos en el registro electoral, pero que residen ya sea en forma permanente o transitoria en otro país, pese al derecho que tiene toda persona de participar en la elección de los gobernantes y representantes de su nación.


En la actualidad los chilenos residentes en el exterior constituyen una población estimada en 877.000 personas, según el registro del Instituto Nacional de Estadísticas de Chile – INE, lo que significa un 5,5 % del total de la población chilena.


El derecho a voto de los ciudadanos de un país que residan en otro, ha sido regulado en numerosas legislaciones nacionales en nuestro continente. Diversos Estados del mundo han reconocido este derecho como una forma de manifestación de los derechos ciudadanos. Es así como el Derecho de Voto es un Derecho Humano reconocido en los artículos 15, 21 y 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en los artículos 25 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos ratificado por Chile y actualmente exigibles y vigentes.


Según lo dispone la Constitución Política de la República de Chile, en su artículo 4º, “Chile es una República Democrática”, y según lo expresa el artículo 5º de la Carta Fundamental “La soberanía reside esencialmente en la nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través de plebiscitos y de elecciones periódicas y, también por las autoridades que esta Constitución establece...”.

“Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.”


Por su parte el artículo 6º de la Constitución chilena expresa: “Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República.” “Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo.”


En la actualidad el Estado Chileno no está dando cumplimiento cabal a las normativas constitucionales anteriormente señaladas, y como consecuencia de ello, se está vulnerando el derecho de la soberanía popular, la igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el derecho a la libertad personal.


Se dice en el artículo 13 Carta Fundamental de Chile, que la soberanía reside en la nación, y ella se ejerce por medio de la participación en las elecciones de autoridades y también poder ser candidato a ellas . Los chilenos que residen en el exterior no lo pueden hacer. Asimismo, se vulnera el Derecho de Igualdad ante la Ley, al haber chilenos de diferentes calidades: los que pueden votar porque residen en Chile y los que no pueden votar porque están fuera del país. El artículo 19 Nº 2 de la Constitución Chilena, al consagrar el derecho de igualdad ante la ley señala: “ Ni la ley, ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias.” También se está vulnerando el derecho que consagra el artículo 19 Nº 3 de la Constitución Chilena, que se refiere a “la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos.”, lo que implica la obligación de las autoridades del Estado chileno a velar por el cumplimiento del ejercicio de los derechos ciudadanos. Por último el hacer diferencias en el ejercicio de los derechos de los chilenos que viven el país, con los que residen fuera del país, conculca el derecho a la libertad personal que consagra el artículo 19 Nº 7 de la Constitución Chilena, que se refiere a la libertad de residir y permanecer en el territorio nacional o fuera de él. Si se opta por lo último, se pierden los derechos ciudadanos en nuestro país.


Otro aspecto a considerar en la desigualdad en el trato que reciben los chilenos que residen en el exterior por parte del Estado Chileno, es el que se refiere a los requisitos que exige para ser ciudadano conforme lo disponen los artículos 10º y siguientes, contenidos en el Capítulo II de la Carta Fundamental Chilena.


El artículo 13º señala: “Son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido 18 años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. “ “ La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargo de elección popular, y los demás que la Constitución o ley le confiera.” “Tratándose de los chilenos a que se refieren los números 2º y 4º del artículo 10, el ejercicio de los derechos que le confiere la ciudadanía estará sujeto a que hubieren estado avecindados en Chile por más de un año.”


Aquí claramente se ve el desigual trato de los chilenos que nacen en el territorio y los hijos de chilenos que conforme a la Constitución son chilenos, pero que para ser ciudadanos se les exige avecindamiento. Ello en muchos casos, es una exigencia que conlleva una clara discriminación económica y política.


La Constitución no distingue entre el chileno residente en Chile y el que no lo está. Pero el Estado Chileno sí lo hace.


Contradictoriamente a la posición que el Estado de Chile adopta con los chilenos, le otorga a los migrantes extranjeros todas las facilidades administrativas y policiales para permitirles el ejercicio del derecho al voto en las elecciones de su país y constitucionalmente (artículo 14) pueden ejercer el sufragio en todas las elecciones en Chile con 5 años de avecindamiento, pero no reconoce el derecho de voto de sus propios ciudadanos, constituyendo una condición que vulnera la igualdad ante la ley y la reciprocidad internacional. Clara manifestación de su incongruencia es que Chile ha firmado la Convención de Protección de los Trabajadores Migrantes y sus Familias.


Pero más grave aún, es que el Estado Chileno no ha hecho nada para dar solución efectiva a esta situación. Es necesario poner en su conocimiento, que el Parlamento Chileno, desde el reinicio del sistema democrático (1990), hasta hoy día, ha estado tramitando proyectos de ley sobre esta materia con sucesivas Indicaciones del Gobierno. Estos proyectos han adolecido de observaciones constitucionales, al limitar el sufragio de los chilenos en el exterior sólo a elecciones presidenciales, no considerando la elección de Diputados y Senadores, y elecciones Municipales, por lo que el trámite se entrampa reiteradamente en alguna Cámara o etapa del trámite legislativo. Simplemente se han enviado proyectos que desde su inicio no son viables, o que en el curso de su tramitación se transforman en inconstitucionales. (Boletín N° 268-07 en el Senado y Moción N° 3936-06 en Diputados). Al respecto, puede consultarse la investigación del cientista político, Bernardo Navarrete Yánez, en el libro “El derecho a voto de los chilenos en el exterior”, que adjuntamos.


En la actualidad, lo concreto es que no existe ley que permita votar a los chilenos que residen en el exterior, y menos a los hijos de éstos nacidos en el extranjero. Los chilenos en el exterior sólo tienen la mera expectativa de que algún día podrán votar por las autoridades que gobiernan y legislan en su país. Es sólo una ilusión, un simple anhelo, mientras no sea aprobada una ley que consagre efectivamente el derecho pleno de participación de los chilenos en el exterior.


Esto constituye una omisión del Estado chileno, que no puede seguir. Tanto la ejecución de un acto, como la omisión de ejecución cuando debe efectuarse, y es un imperativo constitucional del Estado, son de igual gravedad.


Más aún, si las autoridades y legisladores del país han estado en conocimiento de lo anteriormente relatado durante años, sin hacer nada para solucionarlo.


Por ello, es que venimos en presentar esta Queja ante usted, de forma de solicitarle tenga a bien:


1.- Remitir una comunicación al Estado de Chile, representado por su actual gobierno, en la cual se le conmine a hacer cumplir con las disposiciones nacionales e internacionales ya citadas, que importe hacer efectivo el ejercicio al Derecho de Voto de los chilenos que residen en el exterior, solicitando al Estado de Chile adopte todas las medidas necesarias de tipo administrativas, legales, parlamentarias, de forma de procurar el Derecho de Voto pleno de todos los chilenos que residen en el exterior, en el más breve tiempo posible. Estableciendo plazos y etapas al Estado Chileno, en la ejecución de las medidas.


2.- Remitir estos antecedentes para el conocimiento del Comité de Derechos Civiles y Políticos del Alto Comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas.


3.- Adoptar toda otra medida que en razón de los antecedentes del caso, estime pertinente.


Le rogamos nos pueda informar del curso de esta queja a cada una de las instituciones firmantes:


·
La Federación de Asociaciones Chilenas Residentes en la República Argentina FEDACh.


·
El Observatorio Control Interamericano de los Derechos de los Migrantes OCIM


·
La Universidad Academia de Humanismo Cristiano UAHC.


·
El Centro de Desarrollo y Capacitación CEC.

Todas organizaciones e instituciones que, de una u otra manera, se han visto comprometidas en las discusiones y análisis habidos, acerca del ejercicio del derecho a voto de chilenas y chilenos en el exterior.


Lo saludan atentamente:

CARLOS MENDEZ Presidente FEDACH

Federación de Asociaciones Chilenas Residentes en la República Argentina

DIEGO CARRASCO Director Ejecutivo OCIM

Observatorio Control Interamericano de los Derechos de los Migrantes

JUAN RUZ Rector UAHC

Universidad Academia de Humanismo Cristiano

ALEJANDRO REYES Director CEC

Centro de Capacitación y Desarrollo

Carta a la Presidenta

FEDACh
Federación de Asociaciones Chilenas
Residentes en la República Argentina
Personería Jurídica N° 16.728 (PBA)
Córdoba Nº 6033 PB – A / C. A. Buenos Aires
Tel. 54-221-483.4011 e-mail: fedach@way.com.ar


SU EXCELENCIA
DRA. MICHELLE BACHELLET JERIA
PRESIDENTA DE LA REPUBLICA DE CHILE
PRESENTE:

De nuestra mayor consideración:

Lamentamos que S.E. no haya podido acompañarnos a las “Primeras Jornadas por el Derecho al Voto de los chilenos en el Exterior” que se realizaron en Santiago de Chile, durante la semana del 15 al 19 de enero del corriente, con el patrocinio de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano y la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Honorable Cámara de Diputados.

Estas Jornadas fueron declaradas de Interés Legislativo por la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires. En el marco del apoyo dado por el gobierno argentino a la realización de las Jornadas, el día jueves 18 de enero de 2007, fuimos recibidos en la Embajada en Santiago, por el Excelentísimo Sr. Embajador de Argentina en Chile, Dn. Carlos Enrique Abihaggle.

En nuestro deber comunicarle que las Jornadas resultaron todo un éxito en el aspecto académico, social y político, más allá de nuestras expectativas iniciales. Los temas abordados por los panelistas, la calidad y excelencia de sus aportes, nos llenan de orgullo y nos incentivan a continuar en nuestra labor. Igualmente, las Jornadas contaron con la adhesión no sólo de residentes en Argentina, sino que también de: Bélgica, Brasil, Canadá, Cuba, Francia, España, Estados Unidos, Holanda, Inglaterra, Noruega, Suecia, Suiza, entre otros países, y de organizaciones sociales y partidos políticos chilenos que se señalan en el documento adjunto.

Sin embargo, debemos lamentar no sólo su ausencia en estas Jornadas, sino que además la de otros representantes del gobierno, quienes fueron oportunamente invitados a participar.

Por lo tanto, nos aflige comentarle la situación acontecida durante el mes de diciembre, días antes que entregáramos su invitación en la Oficina de Partes de la Presidencia.

Efectivamente, el jueves 14 de diciembre pasado, mientras nos encontrábamos en Santiago, en la organización de las Jornadas, fuimos citados por la secretaria del Director General de Asuntos Consulares e Inmigración, Embajador Fabio Vío, para que nos reuniéramos con el Subdirector de la Dirección para la Comunidad Chilena en el Exterior, DICOEX, Sr. Juan Pino.
A dicha reunión, asistimos los dirigentes de FEDACh, Sr. Jorge Muñoz y quien suscribe esta carta, además del Sr. Alejandro Reyes, uno de los organizadores de las Jornadas.

El Sr. Pino nos dijo que tenía la respuesta oficial del Gobierno en relación a la invitación a participar en las Jornadas citadas. Previamente nos formuló dos preguntas: si teníamos autorización del Embajador de Chile en Argentina, Don Luis Maira, y nos consultó, sobre una carta que habíamos dirigido a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

Al respecto, respondimos que no era necesaria una autorización del Embajador para organizar unas Jornadas sobre el tema del Derecho a Voto en Chile, cuando es realizado por una organización social y en una universidad privada. Por otro lado, en reiteradas oportunidades los embajadores nos han aclarado de que ellos son representantes del Estado Chileno ante el Estado Argentino y que los temas referidos a los residentes corresponden a los Consulados.

En relación a la carta dirigida a la Cámara de Diputados, éstas son muchas y a Diputados de distintas bancadas políticas que nuestra Federación emite, relacionadas con el tema de los derechos ciudadanos de los chilenos en el exterior, entre ellas a los Diputados de esa Comisión.

El Sr. Pino dijo que nos entregaba la respuesta oficial del Gobierno la cual era “ no participar en las Jornadas a las cuales habían sido invitados, ya que éstas no se inscribían en la estrategia que el Gobierno chileno tiene trazada sobre la reforma al sistema binominal y el proyecto de ley del voto de los chilenos en el exterior. Más aún, esta actividad la obstaculizaba.” Por lo tanto, indicando el programa tentativo de las Jornadas que tenía en su poder, no participarían el Embajador Fabio Vío, la Directora de Dicoex, Sra. Anita de Aguirre y el Jefe de la División de Organizaciones Sociales -DOS- del Ministerio Secretaría General de Gobierno, Sr. Francisco Estévez. Todos ellos propuestos para el panel “El Gobierno y la Comunidad Chilena en el Exterior”, programado para el martes 16 de enero del corriente, junto a los académicos Manuel Guerrero, Jorge Vergara y Mario Salazar.

Desafortunadamente esa instrucción se cumplió días pasados, y sufrimos en las Jornadas, la ausencia de representantes del gobierno chileno que impidió su aporte y conocimiento de las conclusiones que pasamos a señalar:

1.- Que el derecho al sufragio es un derecho humano fundamental, consagrado en la Carta de Naciones Unidas, además de ser una garantía constitucional en nuestro ordenamiento jurídico, teniendo el Estado chileno el deber de implementar su ejercicio, porque en caso contrario significa su no existencia en la vida ciudadana.

2.- Todo chileno que se halle en posesión de la ciudadanía, independiente del lugar en el cual se encuentre, tiene el derecho de elegir a quienes lo gobiernen y representen, con un derecho pleno de elección, no limitado sólo a la elección de Presidente de la República.

3.- Que existen los recursos técnicos y financieros para implementar este derecho.

4.- La necesidad de creación institucional de una Región de Chilenos en el Exterior, dentro de la división administrativa de nuestro país, estableciendo una Circunscripción electoral especial, que elija sus propios representantes.

5.- Se deben redefinir roles, funciones y misiones de los agentes del Estado chileno: Consulados y Dicoex, para su mejor funcionamiento y beneficio de la comunidad chilena en el exterior.

Nuestra Federación al poner en su conocimiento estas anomalías administrativas y de gestión de algunos funcionarios de la Cancillería, manifiesta su permanente disposición al diálogo y realización de hechos concretos, como estas Jornadas por el Derecho al Voto de los chilenos en el Exterior, que se inspiran en el llamado de Su Excelencia, reiterado en su Visita de Estado que hiciera a la Nación Argentina, el 21 de marzo pasado, donde acogió “la sentida y legítima aspiración que tienen de participar activamente en el quehacer nacional y en el desarrollo del país, a través del sufragio” y consideró “fundamental que sigamos trabajando para adecuar la legislación electoral vigente, de forma tal que los y las compatriotas que viven fuera de nuestras fronteras puedan ejercer el derecho a voto, tanto para elegir a sus representantes como para participar en los plebiscitos.”

Esperando una respuesta a nuestras inquietudes, la saludo con el mayor afecto y consideración del Consejo Directivo de FEDACh.

CARLOS MENDEZ CONTRERAS
Presidente

Santiago, 26 de enero de 2007

jueves, febrero 15, 2007

domingo, febrero 04, 2007

CONCLUSIONES DE LAS JORNADAS

JORNADAS SOBRE EL DERECHO A VOTO DE LOS CHILENOS EN EL EXTERIOR

La Federación de Asociaciones Chilenas Residentes de la República Argentina - FEDACh, por mandato de su Tercer Congreso realizado en Neuquén, en septiembre de 2005, y con el patrocinio de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano – UAHC y la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Honorable Cámara de Diputados de la Republica de Chile y con la cooperación y apoyo del Centro de Capacitación y Desarrollo - CEC, del Observatorio Control Interamericano de los Derechos de los Migrantes – OCIM, ha podido dar feliz término a las “Jornadas sobre el Derecho a Voto de chilenas y chilenos en el exterior”, declaradas de Interés Legislativo por la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires y realizadas en Santiago de Chile, entre el lunes 15 y el viernes 19 de enero de 2007.

Las Jornadas analizaron desde una visión académica y pluralista, las bases sociales, antropológicas, jurídicas y políticas que sustentan el ideario democrático de los derechos y la participación ciudadana de chilenas y chilenos que residen fuera del país.

El contenido de las Jornadas es una materia que interesa no sólo a las personas directamente afectadas, sino a toda la comunidad nacional.

Es conocido el hecho que el proyecto de ley de sufragio de chilenos en el exterior, en tratamiento en la Cámara de Diputados, ha sido postergado en su trámite de la sala plenaria, al no contar con el suficiente apoyo parlamentario, tanto del partido Renovación Nacional como de algunos integrantes de la Concertación, que condicionan o restan a esta iniciativa.

Después de un intenso debate, los participantes al encuentro hemos acordado a considerar, en carácter de conclusiones, los puntos que se señalan a continuación:

El derecho a sufragio no es sólo una garantía establecida en la Constitución y por lo mismo, una consecuencia necesaria e ineludible de los principios de ciudadanía e igualdad ante la ley, sino además, uno de los derechos humanos fundamentales que se encuentra consagrado como tal, en la Carta de las Naciones Unidas.

En consecuencia, toda persona que se halle en posesión de la ciudadanía chilena, con independencia del lugar en que se encuentre, tiene pleno derecho a elegir, a quien o quienes van a representarla, ante y dentro de la estructura política de la Nación.

Es deber del Estado y de sus agentes respectivos, establecer la forma y oportunidad en que cada ciudadano o ciudadana va a poder ejercer ese derecho.

Impedir la práctica del sufragio no implica tan sólo discriminar entre quienes pueden y no ejercer tal derecho, sino al mismo tiempo, violar el principio de la libertad, pues no tiene libertad quien se ve impedido a ejercer los derechos que le competen.

Puesto que el Estado Chileno y su agentes, no sólo ha faltado al deber indicado más arriba, sino que pone dificultades a los intentos de corregir esas fallas a través de la vía legislativa, los participantes a las Jornadas por el Derecho a Voto de chilenas y chilenos en el Exterior, acordamos recurrir al Tribunal Constitucional, a fin de obtener una resolución favorable a nuestros derechos. Sin perjuicio de aquella medida, iniciaremos los trámites correspondientes, a fin de poner tal anomalía, en conocimiento de los organismos internacionales - Corte Interamericana de Justicia, Tribunal Europeo, Parlamento Europeo, Tribunal de Roma, Corte de La Haya y demás órganos establecidos por la Carta de las Naciones Unidas - para obtener con ello la condena del Estado que, en el transcurso de 18 años, ha burlado sistemáticamente nuestros Derechos Ciudadanos.

Revindicamos la creación Institucional de la Región Decimosexta (XVI) de Chilenos en el Exterior, dentro del marco jurídico de las regiones de Chile, con una población de novecientos mil (900.000) connacionales residentes en el resto del mundo, una población equivalente a la Región Novena - La Araucanía -.

Sostenemos la necesidad de redefinir la relación del Estado Chileno con la Comunidad Residente en el Exterior, sobre la base de propuestas y actividades que consideren la diversidad de esa población y el contexto social y cultural que los cobija, teniendo presente que en este proceso, el rol protagónico le corresponde a las Asociaciones y Federaciones que se han constituido en el exterior, como sujeto histórico de la comunidad chilena migrante.

Proponemos categorizar la instancia estatal de una simple Dirección – Dicoex – a la de una Subsecretaria Ministerial, que redefina los roles, funciones y misiones, y a su vez, conjugue deberes y derechos, mediante un diálogo franco y permanente entre Estado y Comunidad Exterior, aplicando un concepto de Democracia Participativa e instaurando un órgano de participación y consulta a nivel consular: los Consejos Consulares.

Exigimos del Estado y sus agentes: Consulados y Dicoex, el respeto a la autonomía e independencia de las organizaciones que los residentes chilenos se dan en el exterior, absteniéndose de cualquier intervensionismo, distorsión de la información y al uso y abuso del aparato estatal.

Lamentamos la ausencia en estas Jornadas de representantes del gobierno, quienes fueron oportunamente invitados a participar, teniendo ellos el deber de informar de sus tareas y funciones cuando son requeridos respetuosamente por los ciudadanos o un sector de ciudadanos organizados.

Los participantes a las Jornadas por el Derechos a Voto de chilenas y chilenos en el exterior, manifiestan su permanentemente disposición al diálogo con quien o quienes sean, a fin de discutir la situación que sea menester, voluntad que se manifiesta una vez más en la realización de estas Jornadas.

Finalmente nos cabe agradecer el desinteresado aporte y patrocinio de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano.

La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Honorable Cámara de Diputados.

El aporte y colaboración del Observatorio Control Interamericano de los derechos de los Migrantes – OCIM y del Centro de Capacitación y Desarrollo – CEC.

Al Equipo Político Técnico que organizó estas Jornadas y que se ha constituido como equipo permanente por esta causa de los derechos ciudadanos de los chilenos en el exterior.

A todos los Académicos que expusieron y coordinaron los módulos de estas Jornadas.

A la recepción que nos concedió en la Embajada de Argentina en Santiago, el Excelentísimo Sr. Embajador de Argentina en Chile Dn. Carlos Enrique Abihaggle

A la entrevista que nos concediera el Secretario General de la Central Unitaria de Trabajadores – CUT – Dn. Jaime Gajardo.

A la cooperación de la Asociación Chilena de Pensionados y Montepiados – ACHIPEM

A la cooperación de la Confederación de Pensionados y Montepiados de Chile - COPEMCHI

A la Comisión de Derechos Humanos del Partido por la Democracia

A la entrevista que nos concediera el Partido Socialista de Chile

A la cooperación que nos diera el Partido Comunista de Chile

A la presencia del Comité Retornados del Exilio

A la presencia de la Unión de Ex Prisioneros Políticos

A la presencia de la Corporación Servicio Paz y Justicia – SERPAJ Chile

A la presencia de la Asociación Nacional de Funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores - AEMRE

Destacamos las adhesiones de las siguientes organizaciones y comunidades de chilenos residentes en el exterior:
· Asociación por el derecho a voto y los derechos cívicos en Chile Paris Francia
· Casa Latinoamericana Londres Inglaterra
· Centro Pablo Neruda de Canadá
· Asociación de Residentes Chilenos en Cuba
· Comité Pro Derechos Civiles y Políticos –Cocedipo Chile en Bélgica
· Asociación de Chilenos Residentes en Suiza
· Asociación Casa Chile de Alicante - España
· Asociación de Chilenos Residentes en Noruega
· Agrupación de Chilenos Residentes en Montreal – Canadá
· Agrupación de Chilenos Residentes en Sao Paulo – Brasil
· La Cadena de la Verdad y La Cultura de Escandinavia.
· Agrupación de Chilenos Residentes en Suecia
· Agrupación de Chilenos Residentes en Estados Unidos
· Agrupación de Exonerados Políticos Estudiantes de Río Negro y Neuquen - Argentina
· 80 Asociaciones Chilenas Residentes en Ciudad de Buenos Aires y las provincias argentinas: Jujuy, Salta, San Juan, Santa Fé, Buenos Aires, Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz.


Santiago de Chile, viernes 19 de enero de 2007

FIRMAN EN REPRESENTACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DE FEDACh

CARLOS MENDEZ CONTRERAS
Presidente

JOSE AGUILERA MUÑOZ
Secretario

NORMA BARRA MUÑOZ
Tesorera

MAGALY MILLAN JARA
Secretaria de Cultura


COMUNICADO DE PRENSA

Santiago, 19 de enero, 2006.-

Diputado Accorsi (PPD) pide apoyar proyecto sobre
voto de chilenos en exterior

El diputado, Enrique Accorsi (PPD), miembro de la Comisión de Derechos Humanos, hizo un fuerte llamado a los parlamentarios de todas las bancadas para que apoyen el proyecto de ley sobre voto de chilenos en el exterior.

El legislador por la Reina y Peñalolén, se refirió al respecto en el marco de las Jornadas de Reflexión sobre Voto de Chilenos en el Exterior, evento organizado por la Federación de Asociación de Chilenos Residentes en Argentina, Fedach.

“En mis cinco años como parlamentario hemos estado empujando esta importante iniciativa. A veces, me da hasta vergüenza que dentro de la propia Concertación tengamos diferencias que no sirven ni aportan porque la democracia se enriquece por la participación y nosotros aquí estamos excluyendo a muchos”, comentó Accorsi.

Al respecto, Accorsi agregó “nuestra democracia va a seguir siendo imperfecta mientras no estén incorporados todos los chilenos que tengan los mismos derechos, entre ellos, poder ejercer su voto”.

El diputado PPD, comentó que espera que durante la votación de esta iniciativa en la Sala, los parlamentarios “que se opongan den la cara para que la ciudadanía sepa quienes son los que se oponen. La Concertación tiene mayoría en las dos Cámaras. No tenemos ninguna excusa para no apoyar este proyecto de ley”, afirmó.

Doble nacionalidad

El diputado Accorsi se mostró optimista con que este proyecto de ley sea aprobado durante el Gobierno de Bachelet, ya que sólo necesita de un quorum simple y se mostró en desacuerdo con la necesidad que los chilenos en el extranjero cuenten con una residencia para poder votar.

“Estas iniciativas ciudadanas a la larga tienen una recompensa porque está puesto el corazón, el amor por la patria, por ser chileno. Esta realidad la llevo muy ligada a mí porque mis padres y abuelos son italianos y hace quince años que tengo doble nacionalidad. Hoy puedo votar para las elecciones de alcalde y parlamentarias de Italia al igual que mis hijos, quienes nunca han ido allá”, explicó.

“Todos estos argumentos que se necesita de una residencia, creo que no vienen al caso, porque la chilenidad, el amor por Chile, uno lo tiene siempre por su tierra, inclusive los descendientes que no conocen nuestro país, pero que vibran con la tierra natal de sus padres o abuelos”, argumentó.

Finalmente, Accorsi aclaró que este proyecto no lo satisface completamente, debido a que “sólo se puede votar para las elecciones presidenciales, nosotros queremos que esto sea un primer paso y luego incorporar los senadores, diputados, alcaldes y concejales”, indicó.

Oficina de Prensa
Bancada Diputados PPD

martes, enero 30, 2007

lunes, enero 15, 2007

Homenaje a Allende, 15/01/07



Homenaje a Allende

Discurso en el Homenaje a Allende

Discurso del Presidente de FEDACh, Carlos Méndez, en la Plaza de la Constitución en Homenaje al Presidente SALVADOR ALLENDE y la Institucionalidad

Señores miembros y dirigentes del Gobierno Popular
Señores representantes de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano
Señores representantes de partidos políticos
Señores representantes de organizaciones de chilenos del exterior
Señores representantes de organizaciones sociales, sindicales, estudiantiles, religiosas, de derechos humanos, de exiliados, retornados, exonerados y prisioneros políticos.
Señores representantes y delegados de asociaciones chilenas residentes en Argentina y de FEDACh
Señoras y Señores:

Esta reunión y homenaje en esta Plaza del Civismo debiera tener como objetivo la conmemoración de un hecho importante en nuestra historia republicana.

En nuestra historia reciente de medio siglo, esta Plaza, estas calles que la rodean, conocieron hechos ciudadanos trascendentales. Uno de ellos fue la huelga por el boleto estudiantil y contra las alzas de precios, convocada por la Central Unica de Trabajadores y la FECH y que derivó en la denominada MASACRE DEL 2 DE ABRIL DE 1957, ante la represión del Gobierno ejecutada por las fuerzas policiales y del ejército.

Muchas acciones y movilizaciones sociales se sucedieron desde entonces en democracia. Las huelgas y paros por mejoras económicas y sociales convocados por la CUT, que conducía el sindicalista CLOTARIO BLEST, contra las políticas restrictivas de los gobiernos de Carlos Ibáñez y Jorge Alessandri.

También esta Plaza fue testigo - con las normas de estilo - de los regulares traspasos de mandos presidenciales.

Es durante el gobierno de Eduardo Frei cuando en los alrededores del Barrio Cívico, se realizaron ocupaciones de las sedes universitarias tradicionales que prosperaron en las imperiosas reformas universitarias.

Y es a fines de ese gobierno, en octubre de 1969, cuando el acuartelamiento de un regimiento de Santiago, que se interpretó con un conato de golpe de estado, EL TACNAZO, provocó la reacción inmediata de los trabajadores organizados en la Central Unica de Trabajadores y los estudiantes conducidos por la FECh, quienes rodearon las calles adyacentes del Palacio de La Moneda, incluso con camiones basureros, en prevención de cualquier asalto militar.

Pero es Septiembre de 1970, cuando el ingreso de este Hombre a quien homenajeamos hoy – SALVADOR ALLENDE - a La Moneda como Presidente, que se consideró como el ingreso también del Pueblo al Gobierno.

Desde entonces, el pueblo / la ciudadanía de Santiago, recurrió en reiteradas oportunidades a este lugar. En algunas oportunidades con alegría para celebrar, como la Nacionalización del Cobre. En otras, para recordar y conmemorar, como los Primeros de Mayo. Y también para defender con energía, al sistema democrático ante los intentos desestabilizadores de los sectores golpistas y fascistas emergentes, como el de octubre del ‘72 y contra el Tanquetazo del 29 de junio de 1973.

Pocos meses después, esta Plaza fue ocupada por los golpistas uniformados que derrocaron no sólo a un presidente, sino que, y principalmente, la institucionalidad republicana.

Así han trascendidos hechos honrosos y gloriosos...y otros vergonzosos y degradantes.

Nuestra visita y presencia aquí en Santiago de Chile, de compatriotas que vienen de muy lejos, y no sólo de Buenos Aires, Mar del Plata, Neuquén, Centenario, Cipolletti, Bariloche, Río Negro, Pico Truncado, Salta de Argentina; sino también de chilenas y chilenos que residen o residieron en Bélgica, Brasil, Canadá, Cuba, España, Francia, Suecia, Suiza, e incluso de Noruega, obedece a la razón inédita de demandar a nuestras autoridades políticas: el ejercicio de nuestros derechos ciudadanos.

Y esta Visita a esta Plaza que debiera ser honrosa, por la razón señalada se convierte en un nuevo acto vergonzoso

Porque es vergonzoso que a más de 17 años de la restitución del sistema democrático, un sector de chilenas y chilenos, de más de 900.000 ciudadanos – una población equivalente a la IX Región “La Araucanía” – no participe en el proceso de elegir a los componentes del Poder Legislativo (senadores y diputados) y a la Presidencia de la República.

Esta acción discriminatoria y excluyente del Estado Chileno, de prescindir de una población de 900.000 compatriotas, que no le demandan trabajo, educación, vivienda y salud, y que por el contrario, le aportan la difusión internacional al país en sus lugares de residencia, que contribuye a los ingresos: en turismo, comercio exterior, convenios bilaterales, conocimiento científico, tecnológico, artístico y cultural. Cuyo cálculo presupuestario, ningún economista considera como variable o factor de crecimiento en el sistema económico vigente.

Efectivamente, el factor migratorio no es considerado en los análisis económicos nacionales. Si hay una obra monumental de la dictadura cívico militar que gobernó a la nación durante 17 años, fue el crecimiento progresivo de la emigración chilena, que a fines del ’73, no superaba los 100.000 compatriotas en el mundo, siendo la mayoría, los residentes chilenos en la Patagonia Argentina.

A fines del ’74, con los exiliados, los presos y torturados políticos y posteriormente, con los emigrantes, producto del modelo económico que implementaron, - con una cesantía que superaba el 27 % - la emigración y el exilio llegó al millón de compatriotas que debieron salir del país.

Con la restauración de la democracia y a cuya conquista esta emigración contribuyó en su logro desde los diferentes lugares del mundo donde residía, concertó la condena del régimen opresor que tiranizaba al país y la solidaridad internacional de las democracias mundiales.

Sin embargo, esta población fue olvidada de su existencia y dejada de lado paulatinamente, al extremo que de acuerdo al Registro de Chilenos en el Exterior, realizado por la Cancillería y el Instituto Nacional de Estadística, entre 2003 y 2004, constató la presencia de 877.000 chilenos y chilenas residiendo en el resto del mundo y que son excluidos de los 15.117.000 del Censo Nacional de 2002.

Si dichas poblaciones se sumaran, la población chilena global ascendería a 15.974.000, casi 16 millones de chilenas y chilenos. Hay entonces un 5,4 % de población chilena en el mundo que es discriminada de su existencia.

Y de esa manera, tampoco son considerados nuestros derechos ciudadanos de formar parte de la Institucionalidad Chilena, de elegir a nuestros representantes y a nuestros gobernantes. Siendo que el Grupo de Estudios Constitucionales (Grupo de los 24) en agosto de 1986 elaboró un proyecto de “Ciudadanía, Inscripciones y Sistema Electoral”, en que establecía en su artículo 36, que los chilenos residentes en el exterior podrán votar en elecciones para Presidente de la República y para Senadores y Diputados.

Son ya 34 años de historia nacional que a la población chilena del exterior se la tiene proscrita: 17 años por la dictadura cívico militar y 17 años por los gobiernos democráticos.

Hay miles de compatriotas que han fallecido en el exterior y que en toda su vida no pudieron ejercer su derecho ciudadano de elegir y ser elegido. Es el caso de nuestro dirigente y fundador de FEDACh, DIMITROF CASANOVA ESPINA, quien falleciera hace pocos días atrás en Argentina. Dimitrof emigró en los años ’50 y se caracterizó por la lucha de los derechos sociales, civiles y políticos de los extranjeros en Argentina, gestionando la ampliación del voto de los extranjeros en la provincia de Buenos Aires. Hoy lo recordamos en esta Plaza porque está con nosotros.

Sin embargo, en este periodo democrático y de tramitación legislativa de proyectos de ley sobre el voto de los chilenos en el exterior, se especula por la orientación política de este sector de chilenos, existiendo una conducta necrófila que con calculadora en mano espera el paso del tiempo y con ello, la desaparición física de los exiliados y presos políticos para supuestamente equilibrar la correlación de fuerzas.

Existe tanto en el Parlamento como en el Gobierno, el equívoco de que ellos van a “otorgar” el derecho a voto de los chilenos en el exterior. Al respecto, leo textualmente el discurso del Presidente de la Asociación por el derecho a voto y los derechos cívicos en Chile de Francia, JUAN ANTONIO GARRIDO, organización que adhiere a estas JORNADAS, y quien en septiembre pasado decía en la Maison de l’ Amerique Latine en Paris:

“En el Seminario realizado en Santiago, en noviembre de 2002, el profesor constitucionalista ARTURO FERMANDOIS, inició su exposición aclarando que la Constitución Política de la República de Chile, le confiere el derecho a voto a todos los ciudadanos chilenos que conservan su nacionalidad, y que el proyecto de ley en trámite en el Congreso, no busca otorgarlo, sino a remover los obstáculos para poder ejercerlo.

Es decir, es una anomalía legislativa que el legislador debe regularizar para hacer cumplir cabalmente lo que dicta la Constitución de la República. No hay principio de otorgar, sino que debe regularizarse el derecho a voto de los ciudadanos y ciudadanas chilenas que residan en el exterior.

El ser humano es uno y sus derechos fundamentales constituyen una unidad indivisible. Privar a un ser humano de una parte de sus derechos fundamentales equivale a negárselos todos.”

Nuestra presencia en esta Plaza y en este Monumento y como HOMENAJE A LA INSTITUCIONALIDAD REPUBLICANA, lo hacemos frente a SALVADOR ALLENDE, quien como Senador, el 7 de septiembre de 1969, patrocinó y presentó un proyecto para que tuvieran participación en las elecciones los chilenos residentes en el exterior.

Posteriormente, en pleno gobierno de la Unidad Popular, en 1971, y en medio de una fuerte discusión acerca del contenido del proyecto de Reforma Constitucional a la estructura bicameral del Parlamento, introdujo el presidente Allende un precepto sobre ampliación del derecho a sufragio a connacionales que no podían ejercer su derecho a voto, por razones de su permanencia o domicilio en país extranjero.

Las razones que obligaron al Presidente Allende a enviar semejante proyecto al Congreso guardaban estricta correspondencia con su idea de ampliar las bases del Estado chileno y hacer partícipe de la generación de las autoridades a todos los ciudadanos, independientemente de su domicilio o residencia en país extranjero.

Nosotros reivindicamos estos conceptos republicanos y nos reuniremos durante la presente semana en unas JORNADAS, en la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, para analizar desde una perspectiva académica y pluralista, las bases sociales, antropológicas, jurídicas y políticas que sustentan el ideario democrático de los derechos y participación ciudadana de los chilenos y chilenas que residen fuera del país.

Como involucrados en el tema, queremos producir un fuerte debate nacional acerca de la naturaleza y magnitud del problema y dar a conocer el interés que existe de parte de los chilenos que vivimos en el exterior, de participar activamente en la gestación de las autoridades nacionales, para vincularnos de esa manera, más estrechamente a la Nación Chilena.

En este intento, esperamos ser recibidos y escuchados por los legisladores y políticos de todos los sectores a quienes hemos convocados y también, por la Presidenta de la República, Dra. MICHELLE BACHELET (o algún representante de su gobierno), quien en marzo pasado, en su primera Visita de Estado que hiciera a la Nación Argentina acogió “la sentida y legítima aspiración que tienen de participar activamente en el quehacer nacional y en el desarrollo del país, a través del sufragio y considero fundamental que sigamos trabajando para adecuar la legislación electoral vigente, de forma tal que los y las compatriotas que viven fuera de nuestras fronteras puedan ejercer el derecho a voto, tanto para elegir a sus representantes como para participar en los plebiscitos.”

Bueno, nosotros aquí estamos, para seguir trabajando. Y frente al Monumento a SALVADOR ALLENDE, en esta Plaza de la Constitución y el Palacio de Gobierno, reiteramos nuestra demanda y nuestro compromiso de lucha por los derechos ciudadanos y la participación de los chilenos residentes en el exterior, sin exclusiones ni discriminaciones.

MUCHAS GRACIAS.-

lunes, enero 08, 2007

¡Jornadas por el Derecho a Voto de los chilenos en el Exterior!


La Federación de Asociaciones Chilenas Residentes en la República Argentina – FEDACh, con el patrocinio de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, organiza las Jornadas orientadas a analizar, desde una visión académica y pluralista, las bases sociales, antropológicas, jurídicas y políticas que sustentan el ideario democrático de los derechos y la participación ciudadana de los chilenos y chilenas que residen fuera del país.
Dichas Jornadas, declaradas de Interés Legislativo por la H. Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, se realizarán entre el Lunes 15 y Sábado 20 de enero de 2007, en Santiago de Chile.

Adhesión y Colaboran: Pastoral de Migraciones Obispado de Neuquén, ONG Centro de Capacitación y Desarrollo – CEC; Observatorio Control Interamericano de los Derechos de los Migrantes – OCIM; Asamblea Nacional de Derechos Humanos y el patrocinio de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la H. Cámara de Diputados de la República de Chile.


PROGRAMA
Lunes 15 de Enero: Inauguración

10.30 horas: Homenaje al Presidente Salvador Allende y la Institucionalidad Republicana
Lugar: Plaza de la Constitución - Monumento Salvador Allende

Martes 16 de Enero:
El Gobierno y la Comunidad Chilena en el Exterior
Lugar: Universidad Academia de Humanismo Cristiano
Condell 343 – Providencia

9.00 horas: Acreditaciones
10 :00 horas: PANEL « Aspectos conceptuales y tendencias globales en que se da la relación Estado y Sociedad » . (Módulo 1)
14.30 horas: PANEL: Derechos económicos, sociales y culturales. Aspectos teóricos y prácticos de las modalidades aplicadas. (Módulo 2)


Miércoles 17 de Enero: La Comunidad Chilena en el Exterior
Lugar: Universidad Academia de Humanismo Cristiano
Condell 343 – Providencia

9.30 horas: Trabajo de Comisiones. Temáticas:


- Relación de los organismos del Estado con la comunidad chilena en el extranjero.
- Rol y plan de acción de los consulados en relación a los requerimientos de los chilenos en el exterior.
- Rol y plan de acción de la Dirección para la Comunidad Chilena en el Exterior – DICOEX.
- Propuestas de creación de instancias de participación de chilenos en el exterior. Consejos Consulares: Asociatividad e Institucionalidad.
- Proyecciones del sufragio de chilenos en el extranjero. La Región (ex XIV) de chilenos radicados en el extranjero como nueva circunscripción electoral.
- Convenios bilaterales de salud, trabajo y previsión social. Proyecto de pensiones y plan de ayuda social.
- Exonerados y Presos políticos. Programa de retorno al país, reconocimiento de títulos habilitantes
- Programa y planes de actividades culturales, señal internacional de TVN
14.30 horas: Conclusiones y Propuestas


Jueves 18 de Enero: El sufragio de los chilenos en el exterior
Lugar: Universidad Academia de Humanismo Cristiano
Condell 343 - Providencia


9.30 horas: PANEL « Marco conceptual. Aspectos jurídicos, institucionales y técnicos – organizativos ». (Módulo 3 )
14.30 horas: PANEL: Estado de situación de los proyectos de ley de sufragio de chilenos en el exterior. (Módulo 4)
20 horas: ACTO ARTISTICO Y CULTURAL de Adhesión al derecho a voto de los chilenos residentes en el exterior.
Lugar: Galpón Víctor Jara, Plaza Brasil.

Viernes 19 de Enero:
Propuestas de políticas de Estado sobre la comunidad chilena en el exterior (Módulo 5)
Lugar: H. Cámara de Diputados - Palacio Ariztía

10 horas: Lectura de las Conclusiones y Propuestas de los Derechos Civiles, Políticos, Sociales y Culturales - Ciudadanía y Participación de los Chilenos Residentes en el Exterior, desarrollados en los Módulos correspondientes en la Universidad Academia de Humanismo Cristiano.
14 horas: Visita al Centro Cultural La Moneda.



INFORMACIONES E INSCRIPCIONES:
Sra. Silvia Soto / celular: 9392.1599
Mariategui Nº 2452 - Of. 505 - Providencia
Correos electrónicos: fedach@way.com.ar
chilenosvotan@gmail.com, silvsott@gmail.com,
mailto:ocio@vtr.net, carrascodiego@vtr.net, corporacioncec@terra.cl
http://www.obserbatoriomigrante.org/



¡POR EL DERECHO A LA PLENA CIUDADANIA DE LOS CHILENOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR!
¡ Te esperamos !

miércoles, enero 03, 2007

El Consejo Directivo de FEDACh, lamenta comunicar el fallecimiento de nuestro compañero y amigo, DIMITROF CASANOVA ESPINA.

Dimitrof fue el primer presidente de la vieja FEDACh del año 72, época cuando funcionarios y trabajadores, diplomáticos y residentes, compartían mesas de trabajo en pos de una sociedad igualitaria, tanto en Argentina como en Chile.

Como dirigente y fundador de FEDACh, tramitó en la Municipalidad de Tres de Febrero (1995), la personería jurídica y el nombre de esta Federación.

Participó en la gestión del proyecto de ley del voto de los extranjeros en la provincia de Buenos Aires (1999), que permite a los residentes sufragar para elegir concejales, intendentes, legisladores provinciales, vicegobernador y gobernador.

Participó en la organización del histórico apoyo a Ricardo Lagos Escobar, en la segunda vuelta de enero de 2000, donde más de 20.000 electores chilenos residentes en toda Argentina, viajaron al país para procurarle la Presidencia de la República. Lagos lo distinguió, invitándole a las ceremonias de asunción al Mando de la Nación.

Dimitrof formó parte en todos los eventos, jornadas y congresos que organizó FEDACh, siendo unos de sus máximos dirigentes y organizadores. En Septiembre de 2005, en la ciudad de Neuquén, el III Congreso de FEDACh, lo homenajeó como uno de sus más preclaros: mentor y maestro.

Acompañamos con congoja y dolor a sus hijos: Chicho, Boris, hijas, esposa, nueras, yernos, nietos, amigos y compañeras y compañeros de la lucha político - social. Nuestro gran impulsor de los derechos sociales y políticos de los extranjeros en este país, nos lega su voluntad de lucha y de solidaridad, para lograr la prosperidad y los derechos ciudadanos del pueblo trabajador argentino y chileno.

Buenos Aires, 2 de enero de 2007.-

domingo, diciembre 24, 2006

Felices Fiestas

F E D A Ch
Federación de Asociaciones Chilenas
Residentes en la República Argentina


El Consejo Directivo de FEDACh les desea
unas Felices Fiestas y reitera su compromiso para que el
año 2007 nos encuentre más certeros en el logro de nuestros
Derechos Ciudadanos y el bienestar de nuestra querida comunidad chilena
residente en el exterior.

Buenos Aires, Diciembre 2006

sábado, diciembre 16, 2006

Día de los Derechos Humanos

10 de Diciembre
Día de los Derechos Humanos
– Declaración de FEDACh ante la muerte de Pinochet –

La figura del general Pinochet quedará en la historia como emblema de muerte, tortura, exclusión social, desaparición de personas, robo. Permanente violador de los Derechos Humanos. No solamente dividió a los chilenos, sino también a la última parte de nuestra historia. En los últimos 33 años hay nítidamente un Chile antes y uno después de Pinochet. Hizo que la comunidad chilena residente en el exterior se incremente en forma desproporcionada.

Desde 1973, se generó un crecimiento explosivo de la emigración chilena que llegó a superar al millón de compatriotas residentes en todo el planeta.

Una migración que comenzó con la salida de los exiliados políticos protegidos por los países democráticos; continuó con la éxodo de miles de chilenos a los países vecinos para proteger sus vidas y las de sus familias; prosiguió con aquellos compatriotas presos y torturados políticos que partieron a otras latitudes conmutando detenciones y penas de juicios arbitrarios; para culminar con el exilio económico, principalmente a Argentina, de miles de chilenas y chilenos que debieron dejar el país ante la reconversión económica del gobierno de la dictadura militar, en los años ’80, conducida por Augusto Pinochet Ugarte.

La diáspora chilena en el exterior es obra de la acción política, social y económica de la dictadura militar, conducida por el General Pinochet en sus 17 años de gobierno, y no producto de la globalización, como quieren hacerlo creer los economistas y administradores adeptos del modelo económico, imperante desde entonces en Chile.

La población chilena en el exterior no influye en los índices nacionales de la actividad laboral, ni en las demandas sociales, educativas, previsionales, de salud y vivienda, economizando al presupuesto nacional, el equivalente a una población como la actual IX Región “La Araucanía” (870.000 habitantes).

Sin embargo, la muerte de Pinochet, no termina con la exclusión social y política de esta población chilena. El régimen y modelo social y económico que él originó y representa, aún está vigente y no registra a esta población de más de un millón de compatriotas residentes en el resto del mundo.

En el día de su fallecimiento: “Día de los Derechos Humanos”, es nuestra voluntad que ilustre a nuestros gobernantes y clase política, para que reparen los derechos y la participación ciudadana de nuestra población, excluida de los 15.117.000 compatriotas que habitan en nuestro querido Chile.


Consejo Directivo de FEDACh
Federación de Asociaciones Chilenas
Residentes en la República Argentina


Buenos Aires, domingo 10 de diciembre de 2006

jueves, noviembre 02, 2006

FEDACh y el proyecto del sufragio de los chilenos en el extranjero

Carolina Vergara, Interpers

A comienzos del mes pasado, salieron voces del Gobierno de la Concertación, a proclamar “urbi et orbe”, al miércoles 4 de octubre como “una fecha memorable para los derechos ciudadanos de los chilenos y chilenas residentes en el exterior”.

“La propuesta enviada por el Gobierno que otorga el ejercicio del derecho a sufragio a los chilenos residentes en el exterior, y que lleva la firma de la señora Presidenta de la República, fue aprobada en general y particular, por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Cámara de Diputados, que preside el Diputado Tucapel Jiménez.”

“Así, luego de 14 años de debates y propuestas, que se iniciaron con la primera presentación del diputado demócrata cristiano Carlos Dupré, en 1994 con el retorno a la democracia, y que continuaron, en el 2005, con la moción de la Diputada Isabel Allende, el Gobierno de la Presidenta Bachelet concreta una de las demandas más sentidas de miles de chilenos residentes en el exterior.” (Informativo Exterior DICOEX, octubre 2006).

Como a veces las verdades a medias, son medias mentiras, el Consejo Directivo de FEDACh, reiteró las comunicaciones que mantiene con diputados de diferentes sectores políticos, quienes les comentaron varias aristas desconocidas por la opinión pública. Por ejemplo, que en la mentada sesión, votaron el proyecto solamente los diputados de la Concertación. Los de la UDI votaron en contra y los de Renovación Nacional, presentaron un proyecto de reforma constitucional aparte, sobre “el voto de los chilenos en el extranjero y la designación de los embajadores”, hecho que los propios diputados de la Concertación desconocían y llegaron a calificar como el pacto RN – Veloso (por Paulina, Ministra Secretaria General de la Presidencia).

Como “algo huele a podrido en Dinamarca”, el Consejo Directivo de FEDACh envió la nota que se reproduce a continuación, a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados (donde se estudia el proyecto), a otras comisiones y legisladores, como a su vez, a destacados constitucionalistas, con la finalidad de pronunciarse sobre las consultas allí tratadas.

H. Diputado
Pedro Araya
Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia
H. Cámara de Diputados

De nuestra mayor consideración:

El Consejo Directivo de FEDACh, tiene el agrado de dirigirse a Usted y a la Comisión que honrosamente dirige, para hacerle llegar nuestras inquietudes sobre el proyecto que modifica la Ley N°18.700 (Boletín N°3936-06) y que trata las normativas para el sufragio de los chilenos residentes en el extranjero.

Al respecto, consultamos lo siguiente:

1.- La moción que la Comisión comienza a tratar, este martes 31 del corriente, ¿es la misma que despachó la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, el miércoles 4 de octubre pasado?

2.- Dicha moción ¿es el mismo texto original presentado por la H. Diputada, Isabel Allende y otros diputados socialistas (Boletín N°3936-06), en julio de 2005? ¿O, es la Indicación Sustitutiva, enviada por la Presidenta Michelle Bachelet, el 31 de agosto del corriente, a la H. Cámara de Diputados (Mensaje N°249-354)?

3.- Esta aclaración es de vital importancia porque el proyecto de la Diputada Allende (Boletín N° 3936-06) propone:

“Artículo 182.- Los chilenos que residan en forma permanente en el extranjero y cumplan con los requisitos estipulados por la ley para ser ciudadanos, podrán ejercer el derecho a sufragio en las elecciones para Presidente de la República, Senadores y Diputados, Alcalde y Concejales, pudiendo votar, además, en los plebiscitos estipulados por la Constitución.”

Mientras que la Indicación Sustitutiva del Gobierno (Mensaje N°249-354) plantea:

“Artículo 179.- Procederá realizar votaciones en el extranjero cuando corresponda elegir Presidente de la República y en los casos de los plebiscitos regulados en el Capítulo XV de la Constitución Política de la República.”

4.- La moción de la Diputada Allende puede considerarse que extiende el ejercicio de la soberanía de los chilenos residentes en el extranjero, más allá de la participación legítima en la renovación de los poderes del Estado: Ejecutivo y Legislativo, como sufragar en las elecciones municipales, que tiene además su propio sistema electoral.

5.- Por otro lado, la Indicación Sustitutiva del Gobierno, limita el ejercicio de la soberanía para los chilenos residentes en el extranjero, a participar en la renovación de un solo Poder del Estado: el Ejecutivo, es decir, sufragar exclusivamente en la elección presidencial,.

6.- Llama la atención que la Indicación Sustitutiva presentada por el Gobierno (N°249-354) no corrija los errores que tuviera la otra Indicación Sustitutiva (N°177-342) del Presidente Ricardo Lagos, que presentara en agosto de 2000, al H. Senado, a un proyecto de la misma naturaleza (Boletín N°268-07) y que fuera rechazado reiteradamente en diversas instancias por inconstitucional ya que “es considerado discriminatorio al limitar la expresión de sufragio para los residentes en el extranjero sólo respecto de las elecciones presidenciales, creando un problema de constitucionalidad evidente, porque se establecería una manifiesta desigualdad jurídica entre chilenos que votan en el extranjero y los que sufraguen en el país.” (Boletín N°268-07, Oficio N°148).

7.- En octubre de 2000, CasaChile.cl, comentó lo siguiente de una sesión de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del H. Senado:
“El proyecto de ley que busca otorgar el derecho a voto de los chilenos en el extranjero podría ser considerado inconstitucional, así lo aseguró el abogado Francisco Zúñiga, en la cuarta sesión de la Comisión de Gobierno del Senado que analiza el proyecto de ley.
Zúñiga planteó que se restringe el derecho a sufragio garantizado en el artículo 5° de la Constitución, en tanto los chilenos residentes en el exterior solamente podrían votar para las elecciones de Presidente de la República y plebiscitos y no en elecciones parlamentarias. A su juicio, esto sería esencial de resolver para los efectos de un adecuado tratamiento del proyecto.
La Constitución señala que la soberanía reside en la Nación y su ejercicio se realiza a través de elecciones y plebiscitos. Por esto, entregar el derecho a voto sólo a una parte de estas instancias, estaría restringiendo este derecho, razón por la cual se estimaría que el proyecto sería inconstitucional”.

8.- Existe una gran cantidad de material y opiniones de versados constitucionalistas chilenos que sostienen esta tesis, que el ejercicio de la soberanía por el pueblo, implica la participación de la ciudadanía en elecciones periódicas en la renovación de autoridades de los Poderes del Estado: Ejecutivo y Legislativo. Que estas elecciones están directamente relacionadas lo demuestra la Constitución, que señala:

“Artículo 26.- El Presidente de la República será elegido en votación directa y por mayoría absoluta de los sufragios válidamente emitidos. La elección se efectuará conjuntamente con la de parlamentarios, en la forma que determine la ley orgánica constitucional respectiva, noventa días antes de aquél en que deba cesar en el cargo él que esté en funciones”.

Y el preámbulo de la Ley N°18.700, Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

“Artículo 1°.- Esta ley regula los procedimientos para la preparación, realización, escrutinio y calificación de los plebiscitos y de las elecciones de Presidente de la República y Parlamentarios.”

9.- Por otro lado, el Parlamento no está otorgando el derecho a voto a los chilenos residentes en el extranjero, ya que éste está explícito en las garantías constitucionales. Lo que el Parlamento legisla, es el modo en que este sector de la ciudadanía va a ejercer ese derecho, como lo indica reiteradamente nuestra Constitución Política:

“Bases de la Constitucionalidad”
“Artículo 1°.- Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. (...)
Es deber de Estado resguardar (...) y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.”

“Artículo 5°.- La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas (...)
El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.”

“Artículo 15.- En las votaciones populares, el sufragio será personal, igualitario y secreto. Para los ciudadanos será, además, obligatorio.
Sólo podrá convocarse a votación popular para las elecciones y plebiscitos expresamente previstos en esta Constitución.”

“De los derechos y deberes constitucionales”
“Artículo 19.- La Constitución asegura a todas las personas:
2°.- La igualdad ante la ley. En Chile no hay, personas ni grupos privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley.
Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias.”

10.- Dado que los chilenos residentes en el extranjero somos quienes estamos directamente involucrados en la normativización de nuestros derechos ciudadanos, veríamos con agrado que la Comisión que honrosamente preside, estime conveniente invitar a nuestra Federación, a participar en el estudio que comienza del proyecto de ley relacionado con la implementación del voto de los chilenos en el exterior.

FEDACh es la Federación de Asociaciones Chilenas Residentes en la República Argentina, fundada en 1995 y con Personería Jurídica N° 16.278 del 28 de febrero de 1997. Coordina a alrededor de 80 organizaciones de chilenos desde Jujuy - Salta hasta Ushuaia y tiene como objetivos: "adherir expresamente a la vigencia de los derechos humanos, a los valores de la democracia y a los principios que hacen a la pacífica convivencia de los pueblos".

Es así, que desde su fundación FEDACh ha visitado con regularidad al H. Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo, en el trámite del proyecto que sobre esta materia tramitaba el Senado Nacional, Boletín 268-07. Igualmente, y sobre el tema del voto de los chilenos en el exterior, ha organizado y participado en los siguientes eventos:

- I Convención de Chilenos en el Exterior (Chicago, E.E.U.U., agosto 1997, con la participación del Senador Miguel Otero).
- I Conferencia sobre derechos civiles y políticos (FEDACh: Punta Lara, Argentina, diciembre 1997, participación del Subsecretario de la Presidencia, Sergio Galilea).
- Seminario sobre Fortalecimiento de la Comunidad Chilena en Argentina (Consulado General de Chile y FEDACh, Buenos Aires, 1998, participación del Senador José Antonio Viera-Gallo, diputado Edmundo Villouta, Ex-Embajador Pedro Daza y el cientista político Ricardo Israel).
- Discusión Abierta sobre el voto exterior: Instituto de Ciencia Política de la Universidad de Chile y FEDACh (Santiago, marzo 1999, participación de Juan Ignacio García, Ricardo Israel, Pedro Daza, etcétera).
- Foro sobre el voto chileno en el exterior: Escuela de Derecho de la Universidad de Chile (Santiago, agosto 1999, participación de José Luis Cea, Alberto van Klaveren, Juan Ignacio García, Comité por el derecho a voto de Francia y FEDACh).
- Seminario Internacional sobre Votación de Chilenos en el Exterior: DICOEX (Santiago, noviembre 2002).

FEDACh y las Asociaciones de Chilenos en toda Argentina, participaron activamente en el Registro (o Censo) de Chilenos en el Exterior, junto a los 13 Consulados en este país, el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y DICOEX, para censar a los 429.708 residentes en todo el territorio argentino, durante el año 2003.

Pensamos que esta experiencia e información acumulada, amerita ponerla en conocimiento de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la H. Cámara de Diputados, y de esa manera, contribuir al estudio legislativo que elabora sobre el sufragio de los chilenos radicados en el extranjero.

Esperando su respuesta a las inquietudes aquí esbozadas, lo saludamos con el aprecio patriótico del Consejo Directivo.


José Aguilera Muñoz
Secretario

Carlos Méndez Contreras
Presidente

FEDACh - Federación de Asociaciones Chilenas Residentes en la República Argentina