viernes, noviembre 02, 2007

FORO SOBRE MIGRACIONES Y DERECHOS CIUDADANOS

Santiago de Chile, 7 y 8 de noviembre de 2007

Universidad Academia de Humanismo Cristiano

en la

CUMBRE SOCIAL POR LA AMISTAD E INTEGRACIÓN DE LOS PUEBLOS IBEROAMERICANOS

Santiago de Chile, 9 y 10 de noviembre de 2007

Universidad A.R.C.I.S.

La Federación de Asociaciones Chilenas Residentes en la República Argentina FEDACh - con el patrocinio de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, organiza el “Foro sobre Migraciones y Derechos Ciudadanos” orientado a analizar desde una visión académica y pluralista, la situación de los derechos civiles, políticos, económicos y sociales de los migrantes latinoamericanos residentes en el exterior, principalmente en los países del MERCOSUR.

Dicho FORO contará con la participación de delegados y representantes de colectividades de migrantes latinoamericanos residentes en diferentes países, que entregarán su visión desde el punto de vista de la sociedad civil. Su finalidad es poner de manifiesto que las diferentes normativas que se aplican en cada país, generan una situación de doble desigualdad y discriminación en cuanto a los derechos para integrarse según el país de residencia.

En Argentina, los extranjeros residentes pueden votar y ser candidatos en las elecciones municipales en todo el país. Sin embargo, únicamente en la provincia de Buenos Aires, votan para las elecciones de legisladores y autoridades provinciales. La población extranjera en Argentina supera los dos millones de residentes, provenientes en su mayoría de Paraguay, Chile, Perú, Bolivia, Uruguay y otros países latinoamericanos.

En algunos países latinoamericanos, como Brasil y Venezuela, los extranjeros residentes no tienen derecho a sufragio. Por el contrario, en Chile los extranjeros tienen garantizado el derecho a voto constitucionalmente, con 5 años de residencia. Sin embargo, Chile niega el derecho a voto de sus connacionales residentes en el extranjero.

Muchos países iberoamericanos garantizan ese derecho a sus connacionales residentes fuera de sus fronteras: Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, España, México, Nicaragua, Perú, Venezuela, entre otros. En el MERCOSUR, Bolivia, Chile, Paraguay y Uruguay no han legislado sobre este derecho ciudadano de sus connacionales residentes en el exterior.

Si bien la situación de los derechos políticos es más visible, encubren la discriminación y postergación a través de la negación efectiva de otros derechos civiles, políticos, económicos y sociales.

Hay países del MERCOSUR donde los migrantes residentes no pueden ejercer el derecho a asociarse o afiliarse a sindicatos, gremios o partidos políticos, tampoco ser electos como dirigentes de los mismos. Los derechos económicos y sociales, otorgados a nativos de varios de estos países son excluyentes para los extranjeros residentes o se les imponen requisitos imposibles de reunir. En materia laboral se les exige la adopción de la nacionalidad del país de residencia para ingresar a la administración pública, servicios de salud, justicia y seguridad, entre otros, y el ejercicio docente.

Toda esta situación es muy contradictoria con el derecho internacional, como la Declaración Universal de las Derechos Humanos y el Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos, que todos estos países han firmado y que indistintamente pertenecen a diferentes asociaciones y bloques iberoamericanos.

El objetivo de este FORO apunta a relevar los problemas principales de los migrantes residentes en los países de Iberoamérica, para ponerlos en conocimiento de los Jefes de Estados de esos países, cuestión que el tema MIGRACIONES Y DERECHOS CIUDADANOS lo incorporen en la agenda de su próxima Cumbre.

PROGRAMA (tentativo)

Miércoles 7 de noviembre de 2007

UNIVERSIDAD ACADEMIA DE HUMANISMO CRISTIANO

Condell N° 343 – Providencia

(estaciones de Metro: Baquedano y Salvador)

09.30 hrs. Acreditaciones

10.00 hrs. INAUGURACION

Palabras de bienvenida. Rector UAHC

Presentación del FORO. Presidente FEDACh


10.30 hrs. PANEL PRESENTACION GENERAL

A cargo de los representantes de las delegaciones de los países participantes: Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Perú, Uruguay, Australia, España y Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas - FASIC.

11.30 hrs. PAUSA

11.45 hrs. PANEL MIGRACIONES Y DERECHOS CIUDADANOS

Caso Argentina.

Ley de Migraciones. Relación Estado – Colectividades Extranjeras.

Participación de FEDACh, Pastoral de Migraciones de Neuquén,

Comunidad Latinoamericana Platense - CLA, delegados bolivianos,

chilenos, paraguayos, peruanos y uruguayos residentes en

Argentina.

Preguntas – Discusión – Debate

13.30 hrs. ALMUERZO

15.00 hrs. PANEL MIGRACIONES Y DERECHOS CIUDADANOS

Caso Brasil

Participação da presença da America Latina - PAL y delegados

Latinoamericanos residentes en Brasil.

Preguntas – Discusión – Debate

16.15 hrs. PAUSA

16.30 hrs. PANEL MIGRACIONES Y DERECHOS CIUDADANOS

Caso Chile

Participación de Comité de Refugiados Peruanos, Centro de

Migrantes Peruanos en Santiago, delegados argentinos,

brasileños, colombianos, ecuatorianos y paraguayos residentes en

Chile.

Preguntas – Discusión – Debate

17.45 hrs. CIERRE


Jueves 8 de noviembre de 2007

UNIVERSIDAD ACADEMIA DE HUMANISMO CRISTIANO

09.30 hrs. PANEL MIGRACIONES Y DERECHOS CIUDADANOS

Casos otros países. El exilio como migración forzada

Participación de Asociación de Exiliados Retornados y delegados

chilenos residentes en Australia, España, Suecia, Suiza.

Preguntas – Discusión – Debate

10.45 hrs. PAUSA

11.00 hrs. REUNION PLENARIA.

Propuestas y Conclusiones para la redacción de la carta a los Jefes

de Estado de países Iberoamericanos.

13.30 hrs. ALMUERZO

15.00 hrs. PROPUESTAS DE TAREAS

Coordinación de las diferentes delegaciones participantes en los países

de residencia.

Programación del próximo FORO, país anfitrión y organizador.

16.45 hrs. PAUSA

17.00 hrs. CIERRE DEL FORO.

Lectura y entrega de la carta a los Jefes de Estados Iberoamericanos, para

que la entreguen los delegados participantes en las Embajadas y / o Consulados

de sus países.


DIAS VIERNES 9 y SABADO 10 DE NOVIEMBRE

UNIVERSIDAD ARCIS

CUMBRE SOCIAL POR LA AMISTAD E INTEGRACIÓN DE LOS PUEBLOS IBEROAMERICANOS.

PROGRAMA EN PREPARACIÓN

Se prevé una reunión con algunos mandatarios de los países visitantes.

CONTACTO E INFORMACIONES EN SANTIAGO DE CHILE

Señora MARTA MARTINEZ Teléfono (56-2) 681.4423

Coordinadora de FEDACh en Santiago: Licenciada XIMENA VASQUEZ

e-mail: xvasquez.fedach@gmail.com

Teléfono (56-2) 226.7112 Celular 09-9821.3080

martes, mayo 29, 2007

COMUNICADO

Entre las 9 y 18 horas del Sábado 19 de Mayo del 2007, sesionó en la ciudad de Neuquén Capital la Comisión Directiva de la FEDACh (Federación de Asociaciones de Chilenos en Argentina), contó con el acompañamiento de organizaciones locales vinculadas al quehacer de los inmigrantes chilenos residentes en la zona, entre otras, el Centro de Estudiantes Chilenos Exonerados Políticos de Río Negro y Neuquén, la Pastoral de Migraciones de Neuquén y Centros de Residentes del Alto Valle de Río Negro y Neuquén.

El tema tratado en el encuentro, fue el Derecho a Voto de los chilenos en el Exterior, alrededor del mismo se profundizaron algunos aspectos:
Evaluación de la Primeras “Jornadas por el Derecho a Voto de los chilenos en el Exterior”, realizadas entre el 15 y 19 de Enero-2007 en Santiago de Chile, en instalaciones de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano y cuyos resultados dieron origen a una serie de actividades futuras.

Avanzar en la organización de las “Segundas Jornadas por el Derecho a Voto de los Chilenos en el Exterior”, acordadas para la primera quincena del mes de Noviembre del corriente año, también en Santiago de Chile. A diferencia de las Primeras Jornadas, que fueron para organizaciones de residentes chilenos en Argentina, las segundas Jornadas serán para representantes de organizaciones de chilenos de cualquier lugar del planeta. Ya adelantaron su participación representantes de España, Francia, Suecia, Suiza, Canadá, EEUU, Brasil y Ecuador.

Creación de la Comisión de FORMACION CIUDADANA en la FEDACh, encargada de implementar un “programa” amplio de Educación Cívica para todas las organizaciones de residentes chilenos en Argentina.

Ampliación de la “estrategia comunicacional” de FEDACh hacia el interior de las provincias argentinas, hacia Chile y hacia todo país que cuente con organización de chilenos residentes. Para cumplimentar esta línea de acción se designa a un grupo de jóvenes especialistas, hijos de chilenos nacidos en Argentina, que entre otras tareas deberán diseñar un Boletín Informativo en formato tradicional y también una Página Web.

Ante el reciente fracaso en el parlamento chileno del Proyecto de Ley por el Derecho a Voto de los chilenos en el Exterior, la FEDACh reafirma su convicción de trabajar por el ejercicio del PLENO derecho y no de manera “parcial” como lo preveía el proyecto del Gobierno de la Presidente Bachelet, que sólo nos permitía votar para presidente de la república y nos excluía de toda otra instancia electoral. El proyecto del Gobierno de Chile contó con el voto favorable de los parlamentarios de la Concertación, la abstención de la derecha tradicional de Renovación Nacional (RN) y el rechazo de la derecha pinochetista Unión Demócrata Independiente (UDI).


CONSEJO DIRECTIVO FEDACh
Federación de Asociaciones Chilenas en Argentina

Neuquén, 19 de Mayo de 2007.

miércoles, abril 18, 2007

GOBIERNO ARGENTINO CREA PROVINCIA PARA ARGENTINOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR

El Gobierno nacional argentino impulsa un proyecto de ley que tiene como objetivo que los argentinos que viven en otros países elijan a sus legisladores, y al que han bautizado "Provincia 25". De llegar a buen puerto la iniciativa, en breve, más de un millón de argentinos residentes en el extranjero podrán elegir y ser elegidos ante el Congreso Nacional.

En sus fundamentos, el programa puesto en marcha por el Ministerio del Interior, busca fortalecer los vínculos entre el Estado y los ciudadanos argentinos que se encuentran en calidad de emigrados.

En sí, la idea constituye un importante adelanto en materia de derecho, y se equipara a lo que en los hechos ya realizan otros estados, como por ejemplo Italia, cuyos ciudadanos que viven en el extranjero tienen la posibilidad de elegir a sus legisladores que los representen ante el Parlamento, en elecciones como las realizadas el año recién pasado.

La existencia del programa "Provincia 25" pasó a ser de conocimiento público el viernes 16 de marzo pasado, cuando fue publicada la resolución 452/2007 en el Boletín Oficial. En los considerandos de la normativa, se indica que busca promover la participación democrática de los ciudadanos emigrados al tiempo que se resguardan sus derechos. También se explica que el programa "garantiza los derechos sociales, políticos y laborales" de los emigrantes argentinos, que "facilita" los trámites necesarios para votar, adoptar la ciudadanía a hijos de argentinos nacidos en el exterior y obtener y renovar documentación.

La propuesta, incluye al conjunto de residentes argentinos en el exterior y posibilita un alcance institucional similar al de los ciudadanos que viven dentro del territorio del país.

Pero no solamente se ocupará de los derechos civiles de los ciudadanos que viven fuera, según se explica en la publicación del Boletín Oficial, a través del programa se atenderán además trámites relacionados con el retorno de argentinos al país, seguridad social, fomento de inversiones, acceso a créditos, envío de dinero desde el exterior para el desarrollo de proyectos productivos, ayuda económica a familiares, compra de inmuebles y homologación de títulos, entre otros puntos.

Para un mejor análisis del contenido de un programa de gobierno para sus connacionales residentes en el exterior, adjuntamos la Resolución Nº 452/2007 del Ministerio del Interior Argentino, que crea el Programa “Provincia 25” que tiene "por objeto fortalecer los vínculos y la comunicación del Estado Argentino con los argentinos residentes en el exterior, asistiéndolos en todo lo relacionado con el ejercicio de sus derechos políticos, con la generación de espacios de representación sectorial y con la optimización de los trámites y gestiones que le corresponden a este Ministerio".

Comparativamente, el Gobierno Chileno no tiene un programa o resolución ministerial con estas características. Hasta ahora, los gobiernos de la Concertación sólo han presentado propuestas o proyectos de corto alcance que se contradicen incluso en términos legales. Es así como los proyectos de voto en el exterior, terminan entrampados en las cámaras legislativas sin dar lugar a una ley que otorgue en forma definitiva y completa tal derecho y regularice su ejercicio, mientras que los argentinos residentes en el extranjero sufragan desde 1993 y los emigrantes peruanos desde la década anterior.

La Región XIV de Chilenos en el Exterior, fue sólo una creación virtual del gobierno de Lagos, sin ningún fundamento jurídico, cuya denominación terminó adjudicándose a la nueva Región de Los Ríos.

Sobre la representación de chilenos del exterior en el Congreso Nacional, hay plena coincidencia tanto de parlamentarios y políticos de gobierno como de oposición, en no instituir tal derecho.

No está de más agregar que en nuestro país no existe un programa o resolución presidencial o ministerial de esta envergadura. Incluso la creación de DICOEX -Dirección para la Comunidad Chilena en el Exterior- es vaga en cuanto a sus objetivos, misiones y fines. Más aún, en sus comienzos no tenía reconocimiento legal. De ahí el desconocimiento que algunos cónsules chilenos hicieron de sus actividades, otorgando un escaso apoyo al registro de chilenos en el exterior, durante los años 2003 y 2004.

Este documento que entregamos adjunto, pretende que su lectura y análisis sirva a aquellos chilenos en el exterior que bregan por la inclusión de cerca de un millón de compatriotas a la Patria, en cuanto a sus derechos civiles, políticos, sociales y culturales.

Derechos que nuestra Federación viene planteando y defendiendo la regularización de su ejercicio desde 1996, cuya difusión ha tenido influencia notable en la lucha que migrantes de paises vecinos han dado por el reconocimiento de sus derechos ciudadadanos y a quienes sanamente envidiamos.

Este documento debe servir también al gobierno chileno, en su diferentes instancias, para que abra al más alto nivel, un espacio de participación ciudadana con la comunidad chilena del exterior – quien debe desplegar también un esfuerzo de organización regular, pluralista, democrática, representativa e independiente de partidos políticos y del gobierno – y elaborar en conjunto, un programa con la calidad del que comentamos, aplicado a la realidad de los chilenos radicados en diferentes latitudes.

Ya que no se trata de contar con un documento más, pues el Gobierno y todos los partidos políticos chilenos, han recibido de la comunidad chilena en el exterior suficientes aportes y asesorías desde Francia, España, Perú, Canadá, Australia, Estados Unidos, Brasil, Suecia, Italia, Suiza, Argentina, entre otros, y han sido incapaces de elaborar una política de estado sobre la materia.

Finalmente, como concluyó la "III Conferencia Internacional de Chilenos en el Exterior", realizada en la ciudad de La Plata, Argentina, en diciembre de 1997 "la aplicación de estos derechos civiles es el inicio del reconocimiento a la igualdad de los derechos políticos y el desarrollo de ellos nos permitirá - a quienes residimos en el exterior - tener un grado de relación natural con las fuentes reales de poder: legislativo y ejecutivo."

"A su vez, exigirá a los partidos elaborar necesariamente propuestas políticas hacia la comunidad residente en el exterior."

Creemos que este es el compromiso y el desafío de recuperación de "la provincia flotante de la emigración" que señalara Juan B. Alberdi, quien inspira magistralmente el ideario de los emigrados de la Patria lejana, que luego de 40 años de ausencia regresó al lugar que lo vio nacer. Y es por ello que debemos luchar desde "donde se acaba la tierra", nuestro Chile querido y añorado, o desde los más lejanos confines del mundo, por formar parte integrante y participante de nuestro país, reconociéndonos como ciudadanos con igualdad de derechos y la libertad de ejercerlos válidamente; exigiendo ahora nuestro ejercicio del derecho a sufragio en Chile sin importar el lugar de residencia que tengamos, considerando sólo el hecho de ser chilenos.


CONSEJO DIRECTIVO DE FEDACh

marzo de 2007

lunes, marzo 19, 2007

Queja ante Naciones Unidas

INSTITUCIONES PRESENTAN QUEJA INTERNACIONAL ANTE

NACIONES UNIDAS CONTRA EL ESTADO DE CHILE POR DISCRIMINACIÓN POLÍTICA A LOS CHILENOS QUE RESIDEN EN EL EXTERIOR

ENVIO DE ADHESIONES: SE AMPLIA PLAZO HASTA EL 21 DE ABRIL 2007



De acuerdo con las conclusiones de las “Jornadas sobre el Derecho a Voto de los Chilenos en el Exterior”, realizadas en la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, en Santiago de Chile, fue presentada una Queja Internacional a la Relatoría para los Derechos Humanos de los Migrantes de la ONU, el miércoles 28 de febrero pasado.


A fin de que otras organizaciones de chilenos en el exterior adhieran y se movilicen tras este reclamo, entregamos a continuación el documento tal cual fue presentado a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, a fin de que el lector conozca los fundamentos jurídicos que lo respaldan.


La Queja fue presentada por las siguientes instituciones: Federación de Asociaciones Chilenas Residentes en la República Argentina – FEDACh; Observatorio Control Interamericano de los Derechos de los Migrantes – OCIM; Universidad Academia de Humanismo Cristiano – UAHC; y Centro de Desarrollo y Capacitación – CEC.


En caso de adherir a esta presentación, rogamos enviar al correo electrónico: secretario_fedach@tutopia.com una nota expresa de adhesión, indicando el nombre de la organización adherente y los nombres de dos (2) autoridades que correspondan. En el caso de adhesiones individuales, el nombre de la persona y el número de su documento de identidad. El envío de estas adhesiones se amplía hasta el 21 de abril de 2007, a solicitud de organizaciones de chilenos que deben tratarlo en sus reuniones mensuales. Estas adhesiones se agregarán a la presentación hecha a Naciones Unidas.

Consejo Directivo de FEDACh

Santiago de Chile, 7 de febrero del 2007

FORMULA QUEJA INTERNACIONAL A RELATORIA ONU.


SEÑOR RELATOR

PARA LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS MIGRANTES

DOCTOR JORGE BUSTAMANTE

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA LOS DDHH.

NACIONES UNIDAS

PRESENTE:


Conjuntamente con saludarle en el ejercicio de su alto cargo, y de la manera más considerada y atenta, es que venimos en solicitarle a usted, se sirva tener por denunciado el hecho que a continuación pasamos a informar y que está causando gran impacto a nivel nacional e internacional, en especial en las personas directamente afectadas y las redes e instituciones dedicadas al campo de la promoción de los derechos de los migrantes.


Se trata de la discriminación por negación efectiva del derecho civil y político de voto a los chilenos que residen en el exterior efectuado por el Estado Chileno.


Esta circunstancia, que importa además un directo perjuicio en contra de ciertas minorías nacionales, ha sido experimentada por chilenas y chilenos que viven en el exterior y constatada, en consecuencia, por sus organizaciones sociales, entre ellas, la Federación de Asociaciones Chilenas Residentes en la República Argentina FEDACh, cuyas luchas han repletado el archivo de las autoridades chilenas tanto ejecutivas como legislativas; ha sido también informada por el Sistema Internacional de Alertas Migratorias de OCIM, analizada en el encuentro de académicos “Jornadas por el Derecho a Voto de los Chilenos en el Exterior” en la Universidad Academia de Humanismo Cristiano el pasado mes de enero, y observada atentamente por el Centro de Capacitación y Desarrollo CEC.


El Estado de Chile garantiza el Derecho de Voto para los ciudadanos chilenos que se encuentran inscritos en los registros electorales, conforme lo dispone la Ley 18.700 “Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios”, pero no respecto de los chilenos que tienen su residencia en otro país.


Esto es aplicable incluso para los chilenos inscritos en el registro electoral, pero que residen ya sea en forma permanente o transitoria en otro país, pese al derecho que tiene toda persona de participar en la elección de los gobernantes y representantes de su nación.


En la actualidad los chilenos residentes en el exterior constituyen una población estimada en 877.000 personas, según el registro del Instituto Nacional de Estadísticas de Chile – INE, lo que significa un 5,5 % del total de la población chilena.


El derecho a voto de los ciudadanos de un país que residan en otro, ha sido regulado en numerosas legislaciones nacionales en nuestro continente. Diversos Estados del mundo han reconocido este derecho como una forma de manifestación de los derechos ciudadanos. Es así como el Derecho de Voto es un Derecho Humano reconocido en los artículos 15, 21 y 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en los artículos 25 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos ratificado por Chile y actualmente exigibles y vigentes.


Según lo dispone la Constitución Política de la República de Chile, en su artículo 4º, “Chile es una República Democrática”, y según lo expresa el artículo 5º de la Carta Fundamental “La soberanía reside esencialmente en la nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través de plebiscitos y de elecciones periódicas y, también por las autoridades que esta Constitución establece...”.

“Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.”


Por su parte el artículo 6º de la Constitución chilena expresa: “Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República.” “Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo.”


En la actualidad el Estado Chileno no está dando cumplimiento cabal a las normativas constitucionales anteriormente señaladas, y como consecuencia de ello, se está vulnerando el derecho de la soberanía popular, la igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el derecho a la libertad personal.


Se dice en el artículo 13 Carta Fundamental de Chile, que la soberanía reside en la nación, y ella se ejerce por medio de la participación en las elecciones de autoridades y también poder ser candidato a ellas . Los chilenos que residen en el exterior no lo pueden hacer. Asimismo, se vulnera el Derecho de Igualdad ante la Ley, al haber chilenos de diferentes calidades: los que pueden votar porque residen en Chile y los que no pueden votar porque están fuera del país. El artículo 19 Nº 2 de la Constitución Chilena, al consagrar el derecho de igualdad ante la ley señala: “ Ni la ley, ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias.” También se está vulnerando el derecho que consagra el artículo 19 Nº 3 de la Constitución Chilena, que se refiere a “la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos.”, lo que implica la obligación de las autoridades del Estado chileno a velar por el cumplimiento del ejercicio de los derechos ciudadanos. Por último el hacer diferencias en el ejercicio de los derechos de los chilenos que viven el país, con los que residen fuera del país, conculca el derecho a la libertad personal que consagra el artículo 19 Nº 7 de la Constitución Chilena, que se refiere a la libertad de residir y permanecer en el territorio nacional o fuera de él. Si se opta por lo último, se pierden los derechos ciudadanos en nuestro país.


Otro aspecto a considerar en la desigualdad en el trato que reciben los chilenos que residen en el exterior por parte del Estado Chileno, es el que se refiere a los requisitos que exige para ser ciudadano conforme lo disponen los artículos 10º y siguientes, contenidos en el Capítulo II de la Carta Fundamental Chilena.


El artículo 13º señala: “Son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido 18 años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. “ “ La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargo de elección popular, y los demás que la Constitución o ley le confiera.” “Tratándose de los chilenos a que se refieren los números 2º y 4º del artículo 10, el ejercicio de los derechos que le confiere la ciudadanía estará sujeto a que hubieren estado avecindados en Chile por más de un año.”


Aquí claramente se ve el desigual trato de los chilenos que nacen en el territorio y los hijos de chilenos que conforme a la Constitución son chilenos, pero que para ser ciudadanos se les exige avecindamiento. Ello en muchos casos, es una exigencia que conlleva una clara discriminación económica y política.


La Constitución no distingue entre el chileno residente en Chile y el que no lo está. Pero el Estado Chileno sí lo hace.


Contradictoriamente a la posición que el Estado de Chile adopta con los chilenos, le otorga a los migrantes extranjeros todas las facilidades administrativas y policiales para permitirles el ejercicio del derecho al voto en las elecciones de su país y constitucionalmente (artículo 14) pueden ejercer el sufragio en todas las elecciones en Chile con 5 años de avecindamiento, pero no reconoce el derecho de voto de sus propios ciudadanos, constituyendo una condición que vulnera la igualdad ante la ley y la reciprocidad internacional. Clara manifestación de su incongruencia es que Chile ha firmado la Convención de Protección de los Trabajadores Migrantes y sus Familias.


Pero más grave aún, es que el Estado Chileno no ha hecho nada para dar solución efectiva a esta situación. Es necesario poner en su conocimiento, que el Parlamento Chileno, desde el reinicio del sistema democrático (1990), hasta hoy día, ha estado tramitando proyectos de ley sobre esta materia con sucesivas Indicaciones del Gobierno. Estos proyectos han adolecido de observaciones constitucionales, al limitar el sufragio de los chilenos en el exterior sólo a elecciones presidenciales, no considerando la elección de Diputados y Senadores, y elecciones Municipales, por lo que el trámite se entrampa reiteradamente en alguna Cámara o etapa del trámite legislativo. Simplemente se han enviado proyectos que desde su inicio no son viables, o que en el curso de su tramitación se transforman en inconstitucionales. (Boletín N° 268-07 en el Senado y Moción N° 3936-06 en Diputados). Al respecto, puede consultarse la investigación del cientista político, Bernardo Navarrete Yánez, en el libro “El derecho a voto de los chilenos en el exterior”, que adjuntamos.


En la actualidad, lo concreto es que no existe ley que permita votar a los chilenos que residen en el exterior, y menos a los hijos de éstos nacidos en el extranjero. Los chilenos en el exterior sólo tienen la mera expectativa de que algún día podrán votar por las autoridades que gobiernan y legislan en su país. Es sólo una ilusión, un simple anhelo, mientras no sea aprobada una ley que consagre efectivamente el derecho pleno de participación de los chilenos en el exterior.


Esto constituye una omisión del Estado chileno, que no puede seguir. Tanto la ejecución de un acto, como la omisión de ejecución cuando debe efectuarse, y es un imperativo constitucional del Estado, son de igual gravedad.


Más aún, si las autoridades y legisladores del país han estado en conocimiento de lo anteriormente relatado durante años, sin hacer nada para solucionarlo.


Por ello, es que venimos en presentar esta Queja ante usted, de forma de solicitarle tenga a bien:


1.- Remitir una comunicación al Estado de Chile, representado por su actual gobierno, en la cual se le conmine a hacer cumplir con las disposiciones nacionales e internacionales ya citadas, que importe hacer efectivo el ejercicio al Derecho de Voto de los chilenos que residen en el exterior, solicitando al Estado de Chile adopte todas las medidas necesarias de tipo administrativas, legales, parlamentarias, de forma de procurar el Derecho de Voto pleno de todos los chilenos que residen en el exterior, en el más breve tiempo posible. Estableciendo plazos y etapas al Estado Chileno, en la ejecución de las medidas.


2.- Remitir estos antecedentes para el conocimiento del Comité de Derechos Civiles y Políticos del Alto Comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas.


3.- Adoptar toda otra medida que en razón de los antecedentes del caso, estime pertinente.


Le rogamos nos pueda informar del curso de esta queja a cada una de las instituciones firmantes:


·
La Federación de Asociaciones Chilenas Residentes en la República Argentina FEDACh.


·
El Observatorio Control Interamericano de los Derechos de los Migrantes OCIM


·
La Universidad Academia de Humanismo Cristiano UAHC.


·
El Centro de Desarrollo y Capacitación CEC.

Todas organizaciones e instituciones que, de una u otra manera, se han visto comprometidas en las discusiones y análisis habidos, acerca del ejercicio del derecho a voto de chilenas y chilenos en el exterior.


Lo saludan atentamente:

CARLOS MENDEZ Presidente FEDACH

Federación de Asociaciones Chilenas Residentes en la República Argentina

DIEGO CARRASCO Director Ejecutivo OCIM

Observatorio Control Interamericano de los Derechos de los Migrantes

JUAN RUZ Rector UAHC

Universidad Academia de Humanismo Cristiano

ALEJANDRO REYES Director CEC

Centro de Capacitación y Desarrollo

Carta a la Presidenta

FEDACh
Federación de Asociaciones Chilenas
Residentes en la República Argentina
Personería Jurídica N° 16.728 (PBA)
Córdoba Nº 6033 PB – A / C. A. Buenos Aires
Tel. 54-221-483.4011 e-mail: fedach@way.com.ar


SU EXCELENCIA
DRA. MICHELLE BACHELLET JERIA
PRESIDENTA DE LA REPUBLICA DE CHILE
PRESENTE:

De nuestra mayor consideración:

Lamentamos que S.E. no haya podido acompañarnos a las “Primeras Jornadas por el Derecho al Voto de los chilenos en el Exterior” que se realizaron en Santiago de Chile, durante la semana del 15 al 19 de enero del corriente, con el patrocinio de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano y la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Honorable Cámara de Diputados.

Estas Jornadas fueron declaradas de Interés Legislativo por la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires. En el marco del apoyo dado por el gobierno argentino a la realización de las Jornadas, el día jueves 18 de enero de 2007, fuimos recibidos en la Embajada en Santiago, por el Excelentísimo Sr. Embajador de Argentina en Chile, Dn. Carlos Enrique Abihaggle.

En nuestro deber comunicarle que las Jornadas resultaron todo un éxito en el aspecto académico, social y político, más allá de nuestras expectativas iniciales. Los temas abordados por los panelistas, la calidad y excelencia de sus aportes, nos llenan de orgullo y nos incentivan a continuar en nuestra labor. Igualmente, las Jornadas contaron con la adhesión no sólo de residentes en Argentina, sino que también de: Bélgica, Brasil, Canadá, Cuba, Francia, España, Estados Unidos, Holanda, Inglaterra, Noruega, Suecia, Suiza, entre otros países, y de organizaciones sociales y partidos políticos chilenos que se señalan en el documento adjunto.

Sin embargo, debemos lamentar no sólo su ausencia en estas Jornadas, sino que además la de otros representantes del gobierno, quienes fueron oportunamente invitados a participar.

Por lo tanto, nos aflige comentarle la situación acontecida durante el mes de diciembre, días antes que entregáramos su invitación en la Oficina de Partes de la Presidencia.

Efectivamente, el jueves 14 de diciembre pasado, mientras nos encontrábamos en Santiago, en la organización de las Jornadas, fuimos citados por la secretaria del Director General de Asuntos Consulares e Inmigración, Embajador Fabio Vío, para que nos reuniéramos con el Subdirector de la Dirección para la Comunidad Chilena en el Exterior, DICOEX, Sr. Juan Pino.
A dicha reunión, asistimos los dirigentes de FEDACh, Sr. Jorge Muñoz y quien suscribe esta carta, además del Sr. Alejandro Reyes, uno de los organizadores de las Jornadas.

El Sr. Pino nos dijo que tenía la respuesta oficial del Gobierno en relación a la invitación a participar en las Jornadas citadas. Previamente nos formuló dos preguntas: si teníamos autorización del Embajador de Chile en Argentina, Don Luis Maira, y nos consultó, sobre una carta que habíamos dirigido a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

Al respecto, respondimos que no era necesaria una autorización del Embajador para organizar unas Jornadas sobre el tema del Derecho a Voto en Chile, cuando es realizado por una organización social y en una universidad privada. Por otro lado, en reiteradas oportunidades los embajadores nos han aclarado de que ellos son representantes del Estado Chileno ante el Estado Argentino y que los temas referidos a los residentes corresponden a los Consulados.

En relación a la carta dirigida a la Cámara de Diputados, éstas son muchas y a Diputados de distintas bancadas políticas que nuestra Federación emite, relacionadas con el tema de los derechos ciudadanos de los chilenos en el exterior, entre ellas a los Diputados de esa Comisión.

El Sr. Pino dijo que nos entregaba la respuesta oficial del Gobierno la cual era “ no participar en las Jornadas a las cuales habían sido invitados, ya que éstas no se inscribían en la estrategia que el Gobierno chileno tiene trazada sobre la reforma al sistema binominal y el proyecto de ley del voto de los chilenos en el exterior. Más aún, esta actividad la obstaculizaba.” Por lo tanto, indicando el programa tentativo de las Jornadas que tenía en su poder, no participarían el Embajador Fabio Vío, la Directora de Dicoex, Sra. Anita de Aguirre y el Jefe de la División de Organizaciones Sociales -DOS- del Ministerio Secretaría General de Gobierno, Sr. Francisco Estévez. Todos ellos propuestos para el panel “El Gobierno y la Comunidad Chilena en el Exterior”, programado para el martes 16 de enero del corriente, junto a los académicos Manuel Guerrero, Jorge Vergara y Mario Salazar.

Desafortunadamente esa instrucción se cumplió días pasados, y sufrimos en las Jornadas, la ausencia de representantes del gobierno chileno que impidió su aporte y conocimiento de las conclusiones que pasamos a señalar:

1.- Que el derecho al sufragio es un derecho humano fundamental, consagrado en la Carta de Naciones Unidas, además de ser una garantía constitucional en nuestro ordenamiento jurídico, teniendo el Estado chileno el deber de implementar su ejercicio, porque en caso contrario significa su no existencia en la vida ciudadana.

2.- Todo chileno que se halle en posesión de la ciudadanía, independiente del lugar en el cual se encuentre, tiene el derecho de elegir a quienes lo gobiernen y representen, con un derecho pleno de elección, no limitado sólo a la elección de Presidente de la República.

3.- Que existen los recursos técnicos y financieros para implementar este derecho.

4.- La necesidad de creación institucional de una Región de Chilenos en el Exterior, dentro de la división administrativa de nuestro país, estableciendo una Circunscripción electoral especial, que elija sus propios representantes.

5.- Se deben redefinir roles, funciones y misiones de los agentes del Estado chileno: Consulados y Dicoex, para su mejor funcionamiento y beneficio de la comunidad chilena en el exterior.

Nuestra Federación al poner en su conocimiento estas anomalías administrativas y de gestión de algunos funcionarios de la Cancillería, manifiesta su permanente disposición al diálogo y realización de hechos concretos, como estas Jornadas por el Derecho al Voto de los chilenos en el Exterior, que se inspiran en el llamado de Su Excelencia, reiterado en su Visita de Estado que hiciera a la Nación Argentina, el 21 de marzo pasado, donde acogió “la sentida y legítima aspiración que tienen de participar activamente en el quehacer nacional y en el desarrollo del país, a través del sufragio” y consideró “fundamental que sigamos trabajando para adecuar la legislación electoral vigente, de forma tal que los y las compatriotas que viven fuera de nuestras fronteras puedan ejercer el derecho a voto, tanto para elegir a sus representantes como para participar en los plebiscitos.”

Esperando una respuesta a nuestras inquietudes, la saludo con el mayor afecto y consideración del Consejo Directivo de FEDACh.

CARLOS MENDEZ CONTRERAS
Presidente

Santiago, 26 de enero de 2007

jueves, febrero 15, 2007

domingo, febrero 04, 2007

CONCLUSIONES DE LAS JORNADAS

JORNADAS SOBRE EL DERECHO A VOTO DE LOS CHILENOS EN EL EXTERIOR

La Federación de Asociaciones Chilenas Residentes de la República Argentina - FEDACh, por mandato de su Tercer Congreso realizado en Neuquén, en septiembre de 2005, y con el patrocinio de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano – UAHC y la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Honorable Cámara de Diputados de la Republica de Chile y con la cooperación y apoyo del Centro de Capacitación y Desarrollo - CEC, del Observatorio Control Interamericano de los Derechos de los Migrantes – OCIM, ha podido dar feliz término a las “Jornadas sobre el Derecho a Voto de chilenas y chilenos en el exterior”, declaradas de Interés Legislativo por la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires y realizadas en Santiago de Chile, entre el lunes 15 y el viernes 19 de enero de 2007.

Las Jornadas analizaron desde una visión académica y pluralista, las bases sociales, antropológicas, jurídicas y políticas que sustentan el ideario democrático de los derechos y la participación ciudadana de chilenas y chilenos que residen fuera del país.

El contenido de las Jornadas es una materia que interesa no sólo a las personas directamente afectadas, sino a toda la comunidad nacional.

Es conocido el hecho que el proyecto de ley de sufragio de chilenos en el exterior, en tratamiento en la Cámara de Diputados, ha sido postergado en su trámite de la sala plenaria, al no contar con el suficiente apoyo parlamentario, tanto del partido Renovación Nacional como de algunos integrantes de la Concertación, que condicionan o restan a esta iniciativa.

Después de un intenso debate, los participantes al encuentro hemos acordado a considerar, en carácter de conclusiones, los puntos que se señalan a continuación:

El derecho a sufragio no es sólo una garantía establecida en la Constitución y por lo mismo, una consecuencia necesaria e ineludible de los principios de ciudadanía e igualdad ante la ley, sino además, uno de los derechos humanos fundamentales que se encuentra consagrado como tal, en la Carta de las Naciones Unidas.

En consecuencia, toda persona que se halle en posesión de la ciudadanía chilena, con independencia del lugar en que se encuentre, tiene pleno derecho a elegir, a quien o quienes van a representarla, ante y dentro de la estructura política de la Nación.

Es deber del Estado y de sus agentes respectivos, establecer la forma y oportunidad en que cada ciudadano o ciudadana va a poder ejercer ese derecho.

Impedir la práctica del sufragio no implica tan sólo discriminar entre quienes pueden y no ejercer tal derecho, sino al mismo tiempo, violar el principio de la libertad, pues no tiene libertad quien se ve impedido a ejercer los derechos que le competen.

Puesto que el Estado Chileno y su agentes, no sólo ha faltado al deber indicado más arriba, sino que pone dificultades a los intentos de corregir esas fallas a través de la vía legislativa, los participantes a las Jornadas por el Derecho a Voto de chilenas y chilenos en el Exterior, acordamos recurrir al Tribunal Constitucional, a fin de obtener una resolución favorable a nuestros derechos. Sin perjuicio de aquella medida, iniciaremos los trámites correspondientes, a fin de poner tal anomalía, en conocimiento de los organismos internacionales - Corte Interamericana de Justicia, Tribunal Europeo, Parlamento Europeo, Tribunal de Roma, Corte de La Haya y demás órganos establecidos por la Carta de las Naciones Unidas - para obtener con ello la condena del Estado que, en el transcurso de 18 años, ha burlado sistemáticamente nuestros Derechos Ciudadanos.

Revindicamos la creación Institucional de la Región Decimosexta (XVI) de Chilenos en el Exterior, dentro del marco jurídico de las regiones de Chile, con una población de novecientos mil (900.000) connacionales residentes en el resto del mundo, una población equivalente a la Región Novena - La Araucanía -.

Sostenemos la necesidad de redefinir la relación del Estado Chileno con la Comunidad Residente en el Exterior, sobre la base de propuestas y actividades que consideren la diversidad de esa población y el contexto social y cultural que los cobija, teniendo presente que en este proceso, el rol protagónico le corresponde a las Asociaciones y Federaciones que se han constituido en el exterior, como sujeto histórico de la comunidad chilena migrante.

Proponemos categorizar la instancia estatal de una simple Dirección – Dicoex – a la de una Subsecretaria Ministerial, que redefina los roles, funciones y misiones, y a su vez, conjugue deberes y derechos, mediante un diálogo franco y permanente entre Estado y Comunidad Exterior, aplicando un concepto de Democracia Participativa e instaurando un órgano de participación y consulta a nivel consular: los Consejos Consulares.

Exigimos del Estado y sus agentes: Consulados y Dicoex, el respeto a la autonomía e independencia de las organizaciones que los residentes chilenos se dan en el exterior, absteniéndose de cualquier intervensionismo, distorsión de la información y al uso y abuso del aparato estatal.

Lamentamos la ausencia en estas Jornadas de representantes del gobierno, quienes fueron oportunamente invitados a participar, teniendo ellos el deber de informar de sus tareas y funciones cuando son requeridos respetuosamente por los ciudadanos o un sector de ciudadanos organizados.

Los participantes a las Jornadas por el Derechos a Voto de chilenas y chilenos en el exterior, manifiestan su permanentemente disposición al diálogo con quien o quienes sean, a fin de discutir la situación que sea menester, voluntad que se manifiesta una vez más en la realización de estas Jornadas.

Finalmente nos cabe agradecer el desinteresado aporte y patrocinio de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano.

La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Honorable Cámara de Diputados.

El aporte y colaboración del Observatorio Control Interamericano de los derechos de los Migrantes – OCIM y del Centro de Capacitación y Desarrollo – CEC.

Al Equipo Político Técnico que organizó estas Jornadas y que se ha constituido como equipo permanente por esta causa de los derechos ciudadanos de los chilenos en el exterior.

A todos los Académicos que expusieron y coordinaron los módulos de estas Jornadas.

A la recepción que nos concedió en la Embajada de Argentina en Santiago, el Excelentísimo Sr. Embajador de Argentina en Chile Dn. Carlos Enrique Abihaggle

A la entrevista que nos concediera el Secretario General de la Central Unitaria de Trabajadores – CUT – Dn. Jaime Gajardo.

A la cooperación de la Asociación Chilena de Pensionados y Montepiados – ACHIPEM

A la cooperación de la Confederación de Pensionados y Montepiados de Chile - COPEMCHI

A la Comisión de Derechos Humanos del Partido por la Democracia

A la entrevista que nos concediera el Partido Socialista de Chile

A la cooperación que nos diera el Partido Comunista de Chile

A la presencia del Comité Retornados del Exilio

A la presencia de la Unión de Ex Prisioneros Políticos

A la presencia de la Corporación Servicio Paz y Justicia – SERPAJ Chile

A la presencia de la Asociación Nacional de Funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores - AEMRE

Destacamos las adhesiones de las siguientes organizaciones y comunidades de chilenos residentes en el exterior:
· Asociación por el derecho a voto y los derechos cívicos en Chile Paris Francia
· Casa Latinoamericana Londres Inglaterra
· Centro Pablo Neruda de Canadá
· Asociación de Residentes Chilenos en Cuba
· Comité Pro Derechos Civiles y Políticos –Cocedipo Chile en Bélgica
· Asociación de Chilenos Residentes en Suiza
· Asociación Casa Chile de Alicante - España
· Asociación de Chilenos Residentes en Noruega
· Agrupación de Chilenos Residentes en Montreal – Canadá
· Agrupación de Chilenos Residentes en Sao Paulo – Brasil
· La Cadena de la Verdad y La Cultura de Escandinavia.
· Agrupación de Chilenos Residentes en Suecia
· Agrupación de Chilenos Residentes en Estados Unidos
· Agrupación de Exonerados Políticos Estudiantes de Río Negro y Neuquen - Argentina
· 80 Asociaciones Chilenas Residentes en Ciudad de Buenos Aires y las provincias argentinas: Jujuy, Salta, San Juan, Santa Fé, Buenos Aires, Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz.


Santiago de Chile, viernes 19 de enero de 2007

FIRMAN EN REPRESENTACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DE FEDACh

CARLOS MENDEZ CONTRERAS
Presidente

JOSE AGUILERA MUÑOZ
Secretario

NORMA BARRA MUÑOZ
Tesorera

MAGALY MILLAN JARA
Secretaria de Cultura


COMUNICADO DE PRENSA

Santiago, 19 de enero, 2006.-

Diputado Accorsi (PPD) pide apoyar proyecto sobre
voto de chilenos en exterior

El diputado, Enrique Accorsi (PPD), miembro de la Comisión de Derechos Humanos, hizo un fuerte llamado a los parlamentarios de todas las bancadas para que apoyen el proyecto de ley sobre voto de chilenos en el exterior.

El legislador por la Reina y Peñalolén, se refirió al respecto en el marco de las Jornadas de Reflexión sobre Voto de Chilenos en el Exterior, evento organizado por la Federación de Asociación de Chilenos Residentes en Argentina, Fedach.

“En mis cinco años como parlamentario hemos estado empujando esta importante iniciativa. A veces, me da hasta vergüenza que dentro de la propia Concertación tengamos diferencias que no sirven ni aportan porque la democracia se enriquece por la participación y nosotros aquí estamos excluyendo a muchos”, comentó Accorsi.

Al respecto, Accorsi agregó “nuestra democracia va a seguir siendo imperfecta mientras no estén incorporados todos los chilenos que tengan los mismos derechos, entre ellos, poder ejercer su voto”.

El diputado PPD, comentó que espera que durante la votación de esta iniciativa en la Sala, los parlamentarios “que se opongan den la cara para que la ciudadanía sepa quienes son los que se oponen. La Concertación tiene mayoría en las dos Cámaras. No tenemos ninguna excusa para no apoyar este proyecto de ley”, afirmó.

Doble nacionalidad

El diputado Accorsi se mostró optimista con que este proyecto de ley sea aprobado durante el Gobierno de Bachelet, ya que sólo necesita de un quorum simple y se mostró en desacuerdo con la necesidad que los chilenos en el extranjero cuenten con una residencia para poder votar.

“Estas iniciativas ciudadanas a la larga tienen una recompensa porque está puesto el corazón, el amor por la patria, por ser chileno. Esta realidad la llevo muy ligada a mí porque mis padres y abuelos son italianos y hace quince años que tengo doble nacionalidad. Hoy puedo votar para las elecciones de alcalde y parlamentarias de Italia al igual que mis hijos, quienes nunca han ido allá”, explicó.

“Todos estos argumentos que se necesita de una residencia, creo que no vienen al caso, porque la chilenidad, el amor por Chile, uno lo tiene siempre por su tierra, inclusive los descendientes que no conocen nuestro país, pero que vibran con la tierra natal de sus padres o abuelos”, argumentó.

Finalmente, Accorsi aclaró que este proyecto no lo satisface completamente, debido a que “sólo se puede votar para las elecciones presidenciales, nosotros queremos que esto sea un primer paso y luego incorporar los senadores, diputados, alcaldes y concejales”, indicó.

Oficina de Prensa
Bancada Diputados PPD